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Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

12 respuestas
Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?
Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?
#1

Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

El pasado dos de agosto la Junta de Andalucía ha modificado dos artículos del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (http://www.juntadeandalucia.es/eboja/2016/146/BOJA16-146-00003-13856-01_00096229.pdf). En particular se modifica el Artículo 18 relativo a la adquisición “mortis causa” de la vivienda habitual del fallecido por parte de su cónyuge, ascendientes o descendientes. El punto 2.b) del mismo rebaja el compromiso de permanencia de dicha adquisición de los 10 años en que estaba hasta ahora, hasta los 3 años de la nueva norma ("Que la adquisición se mantenga durante los tres años siguientes al fallecimiento del causante").
La pregunta es si ese cambio normativo (de 10 a 3 años) es aplicable también a los fallecimientos ocurridos con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva norma (2-8-2016). El Decreto-Ley no indica nada al respecto, pero creo que es tradición que sean retroactivos los cambios normativos de este tipo que sean favorables al ciudadano.
Gracias de antemano a los que me puedan ayudar.

#2

Re: Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

En mi opinión, no es retroactivo.

Un saludo.

#3

Re: Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

La retroactividad de la norma o aplicación del criterio más favorable, son principios del Derecho Penal que no aplican en Derecho Tributario salvo que la norma disponga lo contrario.

Lamentablemente en derecho tributario español no ha sido infrecuente todo lo contrario, incluso en las leyes presupuestarias se han llevado a cabo reformas fiscales muy gravosas con carácter retroactivo.

Un saludo,

#4

Re: Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

Hola Amartina,
En mi opinión no es retroactivo. Precisamente por no establecerse ninguna disposición transitoria, el nuevo plazo únicamente es aplicable respecto a los fallecimientos que se produzcan a partir de su entrada en vigor.
Saludos.

#5

Re: Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

En mi opinión, mientras no se pronuncien las altas instancias, lease TEAR, TEAC, DGT, etc, no es retroactivo y sólo se aplica a fallecimientos desde la fecha de entrada en vigor de esa normativa.
Por otra parte, respecto a la deducción estatal, el plazo sigue siendo de 10 años, esa reducción sólo se refiere a la autonómica.

Un saludo

#6

Re: Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

Muchas gracias a todos. Realmente yo esperaba una transitoria al final, pero eso no sucede. Me da la impresión de que en este aspecto están legislando a trozos y demasiado deprisa, pues se sabe que en breve habrá más cambios normativos. Resulta sorprendente que una norma, que se aprueba en el Parlamento el 26 de julio y se publica en el BOJA el 2 de agosto, sea tan discriminatoria: los herederos de los fallecidos el 2 de agosto vienen obligados a solo 3 años, pero los de los fallecidos el 1 de agosto (solo un día antes) vendrán obligados por 10 años. Y la justificación del preámbulo de la ley acerca de la necesidad del cambio afecta por igual a uno y otros. ¡Con lo fácil que es hacer las cosas bien!

#7

Re: Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

Esto que quiere decir: ¿Si yo heredo un piso de mis padres y le quiero vender mi parte a mi hermano, si lo vendo antes de los 3 años tengo que pagar por la diferencia entre la venta y lo que se valore en la declaración de herederos; si espero 3 años, la parte autonomica no la tengo que pagar al valer menos de 123000 € pero si pago la estatal, que tendria que esperar 10 años para no pagar?

#8

Re: Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

Si se tiene intención de vender la vivienda, no es lógico aplicarte las deducciones para la misma puesto que si no se cumplen los plazos legales, lo dejado de pagar en sucesiones, hay que pagarlo entonces en el momento de la venta.
No obstante, la transmisión de la misma entre los herederos no implica la pérdida de la deducción mientras se mantenga en el patrimonio familiar. Aunque no lo especifica la normativa, las resoluciones de los tribunales así lo han ido admitiendo.

Un saludo

#9

Re: Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

No es eso por varias causas Alconer. Verás:
1) Si piensas venderla a tu hermano, lo mejor es que al repartir la herencia él se quede directamente con la casa, salvo que no haya suficientes bienes como para compensar.
2) El compromiso de permanencia afecta solo a los que heredan la casa habitual de los padres Y SE DESGRAVAN POR ELLA (lo que solo tiene sentido hacerlo si lo heredado sobrepasa el mínimo exento). Si no desgravas, no hay compromiso de permanencia.
3) Si te has desgravado, el compromiso afecta a todos los herederos de la vivienda. Pero las ventas entre ellos no incumplen el compromiso, sino que tiene el efecto de que el mismo pasa de unos a otros (pero si el comprador lo incumple, todos se ven afectados). La venta entre herederos tienen ventajas fiscales por ser un indiviso no trozeable: solo, pagarás en 1,5% de Actos Jurídicos Documentados.
4) El compromiso no es exactamente no vender, sino lo que antes ha dicho leopold72: "mantener el patrimonio" desgravado de la vivienda. Esto se consigue si tras vender se compra otra vivienda o se paga una hipoteca pendiente.
5) Las herencias están cedidas a loas Comunidades, de modo que no hay parte estatal. Si de lo que estás hablando es del IRPF, entonces nada de lo de arriba es válido pues se trata de un impuesto distinto.

#10

Re: Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

Yo he formulado consulta vinculante a la DGT de Andalucía y me han contestado que no tiene efectos retroactivos.
Sin embargo, mi opinión es que si los tiene. Es un supuesto de retroactividad tácita.
La razón es que han utilizado para establecer la modificación el sistema del Decreto-Ley del Consejo de Gobierno (no es una Ley del Parlamento, sin perjuicio de que exija ratificación parlamentaria en el plazo de dos meses de su entrada en vigor). Al tratarse de un Decreto-Ley, conforme el artículo 110 del Estatuto de Autonomía solo procede «en caso de extraordinaria y urgente necesidad". La propia exposición de motivos del Decreto-Ley utiliza, entre otras, las siguientes expresiones: "la mejora sustancial en términos de carga tributaria de aquellos contribuyentes que heredan una vivienda significa un compromiso inmediato", "Se trata de este modo de atajar con rapidez cualquier atisbo de desigualdad en un derecho básico como el acceso a la vivienda", "es importante actuar con rapidez para evitar desigualdades en el acceso a la vivienda en lugar de proceder a su corrección con posterioridad", "Por tanto, la extraordinaria y urgente necesidad de las beneficiosas medidas fiscales que aquí se adoptan están justificadas, ya que todas ellas tendrán importantes efectos desde esta fecha, siendo la rapidez...".
Para mi este texto aclara que las medidas entran en vigor YA, no tres años después del primer fallecido el 2 de Agosto de 2016. Si para los que ya llevamos más de 3 años no resultara de aplicación, entonces no estaría justificado ni que hubieran usado una fórmula legislativa que solo es válida en caso de extraordinaria y urgente necesidad, ni que se utilicen en la exposición de motivos términos como compromiso inmediato, atajar con rapidez, actuar con rapidez, todas ellas tendrán importantes efectos desde esta fecha, siendo la rapidez, etc...
No cabe hablar de urgencia, rapidez o efectos inmediatos cuando el primer efecto solo puede producirse 3 años despues de la entrada en vigor.

#11

Re: Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

Buenos días Ziasdt,
Es interesante la reflexión que realizas sobre la retroactividad, aunque francamente no creo que los tribunales opinen lo mismo.
Te quería pedir, si es posible, que me mandes la contestación que te ha remitido la administración tributaria andaluza a la consulta que comentas.
Muchas gracias.

#12

Re: Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

Confirmado.
La Dirección General de Tributos de Andalucía niega la posibilidad de retroactividad a la reforma del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Adjunto el link de la consulta publicada.
http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/tributos/vinculantes/criterios/sucesiones/Consulta%2008-2016.pdf

#13

Re: Sobre el nuevo compromiso de permanencia en Andalucía de la vivienda habitual heredada: ¿es retroactivo?

Hola a todos, ya sé que el hilo es antiguo, pero me gustaría consultar si, desde la fecha del último post, ha habido algún cambio, bien por la aparición de alguna sentencia favorable a la reducción de plazo, bien porque en los cambios normativos más recientes de la Junta de Andalucía se hubiese incorporado alguna disposición en el sentido de hacer retroactivo este plazo.

La verdad es que no se entiende por qué no fué así desde un principio, la argumentación de ziasdt (post #10) parece bastante clara en este sentido.

Gracias y saludos

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