Es un debate interesante que viene repitiéndose desde el 84, desde entonces hay sentencias del TC y del TS que hablan del deber de información para contribuir al sostenimiento del gasto común y frente a ello ya se planteaba entonces el problema no resuelto, todavía, de los límites legales que tiene que respetar la administración, especialmente la inspección en la búsqueda o captación de esa información.
El problema actual se plantea en el último nivel. Existen actuaciones de carácter voluntario y actuaciones de obligado cumplimiento, procesos de información, de liquidación y de inspección....y lo que la Administracion suele olvidar es que son tres procedimientos distintos. El problema surge cuando obtienen la información en el primero y la usan en el último, es decir que la administración tributaria hace de juez instructor y después es también quien dicta la sentencia. Ahí sí que se producen violaciones constitucionales serias, y el Tribunal Constitucional está dando la razón a los contribuyentes que reclaman, y el Tribunal de Estrasburgo de derechos humanos tambien.
El deber de información y colaboración colisiona con derechos como la privacidad (económica), y en los casos que te obligan a informar a ti mismo el problema se da con el derecho a no declarar contra uno mismo.
La obligación de informar existe y la reconocen leyes y jurisprudencia, pero no vale todo, existen límites a la hora de pedir esa información, para que, o cómo usarla es ahí donde está la batalla hoy dia.
La indefension, es otro asunto, no digo que no se pueda dar por supuesto, por ejemplo la ley dice que tienes deberes, que Hacienda en los procedimientos de sancion puede pedir información al banco pero primero te la debe pedir a ti o informarte a ti, ocurre en la practica que directamente van al banco porque es más fácil y suelen argumentar que no te avisan para que no destruyas pruebas..pero eso es falso porque tú realmente no puedes cambiar los datos bancarios a no ser que seas un super hacker habilidoso de Hollywood.. es decir te excluyen del procedimiento, ahí si podrías tener y alegar indefensión y hay juzgados menores que están dando la razón.
En fin chicos, espero mi post sirva para ampliar un poco el debate.
Ya como opinión personal digo, que el problema es muy real y aquel que encuentre el equilibrio entre dar información y mantener la privacidad y sus derechos fundamentales supongo que le darán un Nobel.
Saludos. Y gracias x el debate que estais ofreciendo.