Resolución liquidación provisional..................AUXILIO, ya no me quedan uñas
Hola todos soy nueva en el foro y nueva en el mundo de hacienda. Estoy muy agobiada por que me han llegado dos cartas de hacienda y no se si es que soy muy tonta pero no entiendo una palabra de lo que dice y yo solo quiero saber si estoy metida en un lío.
Yo pense que hacer la declaración, era muy fácil y no sabes cuanto me arrepiento, por que metí la pata hasta el fondo. Os explico, al parecer no metí unos ingresos que debía meter yo, en mi ignorancia creí que hacienda lo tenia todo metido y que yo solo debía darle a aceptar a todo y eso hice.
Hace 15 dias me llego una propuesta de liquidación provisional donde me ponían una declaración paralela, donde me salía devolver menos de la cantidad que yo había calculado, pero no hice ninguna alegación por que estoy de acuerdo en los errores que cometí, y me salía a devolver 530 euros.
Como no hice alegaciones, pensé que se había acabado ahí el tema, entre a ver en internet y me encuentro con un mensaje que pone:
Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, NO estimándose conforme los datos que usted ha declarado. Y EN ESE MOMENTO ME ENTRO EL PANICO Y DESDE ESE DIA NO DUERMO.
Dos dias después me llega esta carta: RESOLUCION CON LIQUIDACION PROVISIONAL Y PONE LO SIGUIENTE:
Acuerdo
Examinada la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio
2015, esta oficina ha decidido realizar la liquidación provisional que se adjunta y de la que se deriva una
cantidad a devolver de 530 euros.
Con la notificación de la liquidación provisional finaliza el procedimiento de verificación de datos que estaba
en curso. La verificación de datos realizada no impedirá la posterior comprobación del objeto de la misma.
Informacion adicional
La liquidación provisional que se adjunta, debidamente notificada, interrumpe el plazo de prescripción del
derecho de la Administración Tributaria a practicar liquidación por el concepto y ejercicio a que se refiere
la liquidación provisional, e igualmente, interrumpe el plazo de prescripción del derecho de la Administración
a la imposición de las sanciones que puedan derivarse de esta regularización.
Liquidacion provisinal
De conformidad con los hechos y fundamentos de derecho que se detallan más adelante y no habiendo
presentado alegaciones, se ha dictado la liquidación provisional que se adjunta.
Resultado de la liquidacion provisinal
Como consecuencia de la liquidación provisional realizada por la Administración resulta una cuota a devolver
de 530 euros
NO ENTIENDO NADA, QUE HAGO?? ME BUSCO UN ABOGADO??, VOY A IR A LA CARCEL??, TENGO QUE RECLAMAR??
QUE DEBO HACER??
GRACIAS Y PERDON POR LAS MOLESTIAS
zowye