Muchísimas gracias por tu extensa y clara respuesta.
Mi problema como inquilino es que -como bien habéis comentado E.delvalle y tú-, el propietario (en puridad, su asesoría) no redactó el contrato con la suficiente claridad: escribieron y así firmamos en enero de 2016 "240 euros impuestos incluidos" como renta mensual, cuando deberían haber calculado la Base Imponible, y después paz y aquí gloria.
Por desgracia no fue así; lo que ocurrió es que se firmó el contrato tal cual y acordamos verbalmente que no cobraría mientras hacíamos las obras de acondicionamiento y nos suministraban agua y electricidad, por lo que empezó a cobrarnos en abril de 2016. El primer mes apareció el propietario por el local comercial con un recibo escrito a mano en el que ni especificaba que era por el alquiler de un local (lo que despistó a mi asesor tanto como que ¡no me dijo que había que hacer retenciones hasta el día 19 de enero de 2017, por la tarde para más INRI!).
Desconociendo lo de las retenciones, le dijimos que tenía que desglosar el recibo, que quedó así: 198,35 + 21% de IVA (41,65) = 240,00 €. Todo perfecto... o eso parecía hasta ese 19/01/2017. A otro día tuvimos que hacer de prisa y corriendo un ingreso (modelo 115) por el importe de las retenciones QUE NO LE HABÍAMOS HECHO, de los trimestres 2, 3 y 4. En total 339,21 €, como así consta en el resumen anual, modelo 180.
Mi problema es que el arrendador y su asesoría interpretan que hay que seguir como hasta ahora, es decir: pagando el arrendatario el IVA correspondiente -como es lógico- y la retención a cuenta de SU IRPF -como parece ilógico, puesto que es un aumento encubierto de la renta-.
En definitiva, independientemente de la parte fiscal, que ya la hemos aprendido de golpe y porrazo, lo que necesitamos es saber cómo se interpreta jurídicamente ese término "impuestos incluidos" en el contrato, ¿como yo lo veo?, que es:
IMPORTE CORRESPONDIENTE AL ALQUILER DEL MES X DE 2017
BASE IMPONIBLE: 198,35 €
+ IVA: 21% + 41,65 €
- IRPF 19% - 37,69 €
TOTAL A PERCIBIR: 202,31 €
¿O como lo interpreta el propietario y su asesor?:
BASE IMPONIBLE: 235,30 €
+ IVA: 21% + 49,41 €
- IRPF 19% - 44,71 €
TOTAL A PAGAR: 240,00 €
Si alguien puede hacer esa interpretación jurídica le estaré muy agradecido. De nuevo muchas gracias a Lunatico y E.delvalle por su tiempo y ayuda.
Saludos cordiales.