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Consulta tramites herencia intestada

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Consulta tramites herencia intestada
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Consulta tramites herencia intestada
#1

Consulta tramites herencia intestada

Buenos días

¿Me podríais confirmar que los trámites siguientes son correctos y están completos? Espero que ayuden a los que estén en este caso y sirvan de pequeña guía.

Excluyo los trámites anteriores (certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y seguros, entre otros, que creo que son más evidentes)

1-Liquidación de sociedad de gananciales: Es voluntario y en ella se adjudica a cada cónyuge (el fallecido y el viudo), la mitad de los bienes gananciales del matrimonio. Se puede hacer únicamente en un notario.

2- Renuncia a la herencia en escritura pública. Es voluntario. Se puede hacer únicamente en un notario. En caso de que alguno de los herederos desee renunciar a la herencia

3-Acuerdo de adjudicación de herencia entre los herederos. Si los herederos lo desean, se pueden repartir los bienes de la herencia conforme a su conveniencia, siempre respetando los porcentajes asignados legalmente. Este documento se puede hacer de manera privada o bien ante notario en un documento de adjudicación de herencia

4-Liquidación de impuesto de sucesiones entre los herederos. Se liquida conforme al reparto legal de lo recibido. En cualquier caso hay que formalizar ante Hacienda el acuerdo de adjudicación mediante el modelo correspondiente (según me indican en mi delegación regional de Hacienda)

Os agradecería comentarios

Como siempre gracias por la ayuda

#2

Re: Consulta tramites herencia intestada

1. La liquidación de la sociedad de gananciales no es voluntaria en realidad, tiene que hacerse, aunque sea de forma tosca y en documento privado, si no, no se puede saber qué bienes entran en la herencia y cuales no. Lo mas fácil es simplemente considerar que entran en la herencia la mitad de todos los bienes del matrimonio, y por tanto, automáticamente, se consideran del otro cónyuge la otra mitad. Aunque bien es cierto que se pueden hacer repartos distintos.
Cuando entran en juego inmuebles, siempre se tiene que hacer en escritura, como paso previo a la adjudicación de la herencia, ya que para poder cambiar la titularidad de los mismos, es obligatoria.

2. Por supuesto, la renuncia es voluntaria, y si hay bienes, debe hacerse ante notario para que quede constancia frente a terceros.

3. Vuelvo a lo de antes, hay que hacerlo en escritura si hay inmuebles y se pretende cambiar la titularidad de los mismos, si de momento no se quiere cambiar, se puede hacer en privado, sabiendo que al final, la escritura hay que hacerla. Si se adjudican en formas distintas al testamento y/o cuotas legales, pueden surgir excesos de adjudicación que tributarán o no en el impuesto de transmisiones patrimoniales de manera adicional.

4. El impuesto de sucesiones se liquida según cuotas o porcentajes teóricos de cada heredero, se reciba o no, se adjudique o no, ya que hay que liquidarlo en seis meses (ampliables otros seis), independientemente de que el reparto efectivo se haya hecho o no.
El modelo de documento de reparto no es obligatorio, de hecho, no creo que exista, lo que será obligatorio es rellenar la autoliquidación en el modelo de la CCAA.

Un saludo

#3

Re: Consulta tramites herencia intestada

Muchas gracias @leopold72 por la inestimable ayuda. Con tu explicación me queda una duda que expongo con un ejemplo.

1-Matrimonio en Ganaciales en el que muere uno de los cónyuges. Dos viviendas en propiedad y cuentas corrientes.

Se hace el documento de separación de gananciales (partes iguales) en el que en cada parte se incluye un piso.

Sobre laparte asignada al cónyuge fallecido, (sobre la que se reparte la herencia) los herederos no tienen intención de hacer el cambio en el registro de la propiedad de la titularidad del inmueble para poner a nombre de los mismos el inmueble obtenido en la herencia.

¿Es necesario que el documento de separación de gananciales se deba hacer ante notario?

¿Serviría un documento privado de partición de gananciales?

2- En el mismo ejemplo, hay un acuerdo entre herederos para repartir la herencia conforme a las cuotas legales pero adjudicando bienes concretos a cada uno de los herederos. Igual que en el caso anterior, no hay intención por parte de los herederos de hacer el cambio de titularidad en el registro de la propiedad ¿Es necesario formalizar el acuerdo privado ante un notario? ¿Serviría simplemente un acuerdo privado entre los herederos?

Como siempre, gracias por la inestimable ayuda

#4

Re: Consulta tramites herencia intestada

Sobre la formalización del acuerdo privado, en la delegación regional de Hacienda me han indicado que ese documento privado se debe presentar con el modelo (creo recordar) 630 (En cuanto sepa con certeza el modelo que me han dicho lo indico).

No obstante, conste que la información que me indican en la delegación no suele ser muy fiable, ha tenido bastantes contradicciones y me ha llevado a confusión varias veces.

#5

Re: Consulta tramites herencia intestada

Con un documento privado no se puede hacer ningún cambio de titularidad, así de simple. Así que mientras no se haga, todo se mantiene igual y lo que habéis hecho solo tiene efectos entre vosotros.
En algún momento habrá que elevar a público esos acuerdos para poder hacer los cambios correspondientes, mientras tanto, repito, sólo tiene efectos entre vosotros, pero no frente a terceros, y menos frente al fisco.

Un saludo

#6

Re: Consulta tramites herencia intestada

Aquí el modelo es el 650, pero se refiere a la autoliquidación, donde se plasman los valores del documento de reparto y se calcula la cantidad a pagar. Para el documento privado de reparto circula un modelo muy simple que no es oficial, pero que valer, vale.

Un saludo

#7

Re: Consulta tramites herencia intestada

Gracias por las respuestas

¿Entiendo entonces que si los herederos no van a cambiar nada en el registro y el objetivo es liquidar el impuesto de sucesiones, entonces tanto el documento de liquidación de gananciales como el documento de partición de bienes pueden ser privados y no es necesario hacerlos ante un notario?

Esto implicaría como inconveniente que habría que corregir los datos fiscales al hacer la declaración de IRPF hasta que se modifique la información del registro.

La idea de no cambiar nada en el registro aún es debido a que no tendría sentido hacer un cambio en el registro ahora para volver a hacerlo cuando fallezca el segundo cónyuge, al que se le asignaría una parte de los bienes inmuebles

Gracias de nuevo

#8

Re: Consulta tramites herencia intestada

Corrijo lo que ponía en el anterior post. El modelo que me indican para presentar el acuerdo entre herederos es el modelo modelo 653.

Los modelos que habría que presentar además serían los siempre necesario 650 y 660.

#9

Re: Consulta tramites herencia intestada

Será que allí si tienen modelo para eso, en Castilla La Mancha ese 653 no existe.

Un saludo

#10

Re: Consulta tramites herencia intestada

Efectivamente, puedes hacerlo todo perfectamente en documento privado.
Y efectivamente, los datos fiscales cada año vendrán mal.
Mucha gente se espera como dices al fallecimiento del segundo cónyuge y lo regularizan todo ya a nombre de los hijos, sobretodo si este es ya mayor.

Un saludo

#11

Re: Consulta tramites herencia intestada

Muchas gracias Leopold, sinceramente me has sido de gran ayuda en estos momentos tan complicados.

Para cerrar todos los trámites cuando el segundo cónyuge fallezca, se debe ir a un notario con los documentos privados para formalizar el cambio de la propiedad de los inmuebles y posteriormente al registro, según lo que nos habías indicado previamente entonces

Espero que todo esto haya servido para ayudar también a todos los que pasan por aquí

Gracias!

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