Agradezco ambas contestacion.
Hubiera debido precisar que ninguna de las 2 viviendas en question desgrava (no tienen hipoteca) por el hecho de ser "habitual".
Yo tambien he buscado en "las definiciones de la AEAT" pero no he encontrado en ningun sitio que se requiera la convivencia bajo el mismo techo....
Que no me accepten el concepto de "vivienda habitual" el dia que la venta (para la del campo, porque la de la costa ha sido desde hace 27 años nuestra Vivienda Habitual oficial y real) a nivel de tributacion como tal en Ganancias y Perdidas Patrimoniales, no es mi preocupacion ahora. Sí lo es que no me llamen la atencion por hacer una declaracion
conjunta y declarar justamente este año por la primera vez
un nuevo domicilio habitual parai mi (en el campo) distinto del de mi mujer....
Leopol, entiendo y comparto totalmente lo que pones:
"Aunque lo cierto es que por ningún sitio he visto que los cónyuges deban convivir en la misma casa para poder hacer la declaración conjunta."
"Ahora que si cada uno presenta la indivudual, no hay problema en que cada uno tenga su propia vivienda habitual y la declare como tal."
"Vamos, que entiendo que se podría aunque quizás os genere algún problema de requerimiento o justificación."
(y por eso tengo dudas, pero ni en la AEAT se aclaran....uno dice que si y otro que quizas no....).
Saludos