Ingresos y gastos deducibles irpf en caso de IT de autónomo en estimación directa
Hola a todos. Os planteo la siguiente cuestión: Si se sufre un accidente, laboral o no, por cuyas secuelas se tienen que abonar una serie de gastos (hospital, farmacia, taxis, etc.) Como contrapartida, aunque en realidad es por no poder desarrollar la actividad, la mutua abona la prestación por IT, concepto que es de suponer hay que incluir como Rendimiento de Trabajo, y no como de Actividad Económica en estimación directa. La cuestión es de si los gastos indicados son deducibles (como actividad económica?), pues han sido "sufragados" para la incapacidad, o sea, se podría argumentar que la prestación ha servido para compensar los gastos producidos, pues en caso de que no lo fueran no existiría legalidad jurídica (pueden ser cantidades elevadas). Gracias por vuestras opiniones. Saludos.