Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)
Deberías haberlo hecho en la Renta 2017, al ser una desgravación por gasto deducible.
El contribuyente había incluido las cantidades ahora percibidas como gasto deducible en ejercicios anteriores:
El acuerdo con la entidad financiera, la sentencia o el laudo, se ha producido desde el 5 de abril de2017 hasta el 3 de abril de 2018. En este caso, deberá presentar declaraciones complementarias con carácter general de los años 2013, 2014, 2015 y 2016, en el plazo de presentación de la declaración del IRPF del año 2017 (abril, mayo y junio de 2018).
Si entre las cantidades devueltas hubiera intereses abonados en el ejercicio 2017, el contribuyente ya no incluirá como gastos deducibles dichos importes en su declaración.