Buenos dias diazro.
Despues de analizar el tema creo que tiene usted razon, en caso de clausula suelo "
en ningún caso se tienen en cuenta los intereses de demora" en otros tipo de deducciones quizas que si.
Por que he llegado ha esta conclusion:
A mi el BBV me devolvió en metálico el pasado 2017 las siguienyes cantidades:
En los datos fiscales de la declaración, Hacienda me indica que tengo que regularizar si procede solo 2702,71 €, que son los intereses que pague de mas en el pasado, en ningun momento me dice o le consta que tenga que regularizar los 594,53€ de interéses de demora.
Asi que entiendo que solo tengo que regularizar la cantidad correspondiente en 2013 (357,87€) que en su caso tendria que devolver el 15% (53,68€), 26,84€ parte estatal y 26,84€ parte autonómica, que a su vez como el préstamo hipotecario es a medias con mi mujer tendré que dividirlo entre 2, YO 13.42€ parte estatal y 13,42€ parte autonómica y MI ESPOSA 13.42€ parte estatal y 13,42€.
Esa es mi conclusión