Hola, las sanciones por modificaciones o presentaciones de manera voluntaria fuera de plazo son leves ascendiendo de 100 a 400 euros. Los porcentajes del 5, 10, 15 y 20 más intereses son cuando estás obligado y depende si hacienda reclama o es el contribuyente quien de manera voluntaria presenta o modifica. Las campañas son para presentarlas. Las que se presentan fuera de plazo conllevan sanción porque así viene recogido en la normativa. No es lo mismo una declaración contemporánea fuera de plazo voluntaria y obligatoria que una contemporánea obligatoria y reclamada. Así también no es lo mismo una contemporánea voluntaria a favor sin estar obligado que una a pagar sin estar obligado. Siempre hay que valorar las sanciones si son compensatorias a las cantidades de las que nos corresponden, hablando de modificaciones voluntaria s favor. Otra cosa son las obligatorias diferenciando la presentacion voluntaria o reclamada. Hacienda tiene 4 años efectivamente, en esta campaña se puede modificar hasta el último de presentación las declaraciones 2013, 14 15 y 16, igual que ellos pueden reclamar. Las sanciones son también como las de tráfico, por pronto pago tienen descuento. Y como digo, son todas las presentadas o modificadas fuera de plazo, independientemente si estába o no obligado, si es a devolver o a pagar. También he de decir que hacienda aveces por omisión, las leves de 100 euros en muchas ocasiones no las aplican, no por que no deban sino porque por alguna razón el responsable de incohar el expediente estima que no es necesario por algún dato mínimo.