Acceder

Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta

10 respuestas
Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta
Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta
#1

Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta

Hola,

Tengo la siguiente duda de cara al IRPF. Mi hermano y yo hemos comprado un terreno urbano al 50% y no se si debe ser imputado como renta inmobiliaria en la declaracion de la renta.

La casa no es habitable, no tiene ventanas, puertas, ni agua ni luz, vertido ni nada desde hace 20 años, pero claro es urbano. Tenemos previsto cerrar la fachada (puertas y ventanas para que no se meta nadie, como si fuera almacen ya que no es habitable habria que hacerla nueva)

1. Entiendo que hay que identificar el inmueble SI o SI al 50% con la referencia catastral en la declaracion IRPF, correcto. 

2. Lo que no tengo claro es si hay que imputarlo como renta inmobiliaria en el IRPF, he leido esto en AEAT:

 

"Los propietarios de bienes inmuebles o los titulares de derechos reales de uso o disfrute que recaigan sobre los mismos, deberán imputarse rentas inmobiliarias cuando concurran las siguientes circunstancias:

  1. Que tengan la consideración de bienes inmuebles de naturaleza urbana de acuerdo con el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario o que se trate de inmuebles rústicos con construcciones que no resulten indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales.

  2. Que no estén afectos a actividades económicas

  3. Que los inmuebles no generen rendimientos del capital; es decir que no estén arrendados ni se haya producido cualquier otra cesión de uso mediante precio.

Sin embargo, no procede la imputación por los siguientes inmuebles:

  • La vivienda habitual.

  • El suelo no edificado.

  • Inmuebles en construcción.

  • Inmuebles que por razones urbanísticas no sean susceptibles de uso."

 

 

¿Seria este ultimo punto mi caso al ser un inmueble urbano edificado pero que realmente no puede vivir nadie en él debido a su estado de conservacion?

Es que eso de que "no sea susceptible de uso" no tengo claro a que se refiere exactamente...

 

Gracias,

#2

Re: Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta

Entiendo que al no ser habitable, entra dentro de este ultimo apartado y por tanto no genera Renta Imputada.

Saludos

#3

Re: Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta

Gracias Lunatico, yo lo entiendo tambien asi.... si hay alguno mas que pueda confirmarlo

Gracias!

#4

Re: Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta

Que el inmueble no se usa está claro. Pero para quedar exento de la imputación de rentas, hay que estar a la causa o razón legal: "por razones urbanísticas". Eso en general es competencia municipal y autonómica.

O sea, el inmueble ahora mismo podría ser inhabitable, y no afrontar las inversiones necesarias para rehabilitarlo "por razones financieras". Es una causa posible, perfectamente legal y honesta. Pero sin embargo, esa causa de la inhabitabilidad no daría derecho a eximirlo de la imputación de rentas.

Uno de los supuestos directos sería un expediente municipal de ruina (por afectación de la estabilidad, o costes de reparación > 50 % del valor de nueva construcción,....).

Pueden haber otras "razones urbanísticas" que lo hagan inhabitable, y por tanto no susceptible de aprovechamiento, real o potencial, y entonces no hay imputación de rentas.

Si es solo por defectos de conservación, mientras no se afronte los gastos e inversiones necesarios, quizás podría servir un informe pericial de imposibilidad por incumplimiento de disponer de cédula de habitabilidad.

En todo caso es valorar el coste-beneficio de la jugada. Si por imputación de rentas la cuota resultante es mínima, quizás no valga la pena hacer nada, y lo mejor sea directamente hacer la imputación de rentas.

Si esa imputación (y la cuota final resultante) es muy significativa, entonces puede valer la pena acreditar esa inhabitabilidad. Pero no aconsejo hacerlo a la brava. Si simplemente no se declara, saldrá un incodente censal con los datos de catastro, y hacienda formulará un requerimiento. Llegados ahí, habrá que razonar Y DEMOSTRAR lo de la inhabitabilidad.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta

Y en el caso de que el bien inmueble sea un solar urbano que no está edificado  y que según la Dirección General del Catastro tiene su valor catastral total, ¿debería introducirse en el apartado: "C.Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, excluida la vivienda habitual e inmuebles asimilados" de la renta?

Muchas gracias y saludos cordiales

#6

Re: Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta

Si es un solar, sin edificación, no hay edificación susceptible de aprovechamiento. No hay imputación de rentas, aunque tenga un valor catastral correspondiente a parcela urbana.

(Curiosamente un solar urbano sin edificación no genera imputación de rentas, aunque podría generar rendimientos del capital inmobiliario si se alquila como aparcamiento o campa de almacenaje...)

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#7

Re: Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta

Tengo una duda y la expongo por si alguien me puede ayudar. Tengo una parcela rústica de uso agricola, cedida a un familiar desde mediados de 2017  hasta mediados de 2018, para su explotación agrícola y sin contraprestación económica a cambio. Esta parcela tiene una construcción muy antigua, de más de 100 años (un maset) de 55 m2 de superficie, que hace un par de años fue regularizada por el catastro y desde entonces tiene referencia catastral propia y pago IBI por ella, en concepto de "Diseminado parcela nº Pxxx".

En mis datos fiscales, en referencia a esta construcción, en el apartado de  código pone "UR", en el apartado de clave del Bien pone también" UR" y en la clave de uso pone "industrial". El uso que le damos a esta construcción es para depositar en ella útiles agrícolas exclusivamente. En este momento no estoy dado de alta en el censo como agricultor, aunque no descarto hacerlo en los proximos años.

Mi duda es si tengo que declarar imputación de rentas de esta construcción, ya que despues de leer en el apartado correspondiente de la ayuda de la renta, creo que no, pero no estoy convencido al 100%. Agradecería si alguien me lo pudiera aclarar.

Muchas gracias

#8

Re: Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta

Hola,

Alguien seria tan amable de indicarme, en el apartado de imputacion de rentas inmobiliarias una segunda vivienda a disposicion de los titulares (vacia) en la provincia de Madrid. Pregunta, si el valor catastral ha sido revisado en los ultimos años?. SI o NO. Gracias

 

Un saludo

#9

Re: Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta

#10

Re: Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta

Gracias Ravel.

Un saludo

#11

Re: Bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias - Declaración de la Renta

Totalmente de acuerdo con tu razonamiento. Lo único que tengo dudas es la realización práctica. Cuando dices:

"Si esa imputación (y la cuota final resultante) es muy significativa, entonces puede valer la pena acreditar esa inhabitabilidad. Pero no aconsejo hacerlo a la brava. Si simplemente no se declara, saldrá un incodente censal con los datos de catastro, y hacienda formulará un requerimiento. Llegados ahí, habrá que razonar Y DEMOSTRAR lo de la inhabitabilidad."

Entiendo que te refieres a no reflejar el inmueble como renta imputada y cuando nos llegue liquidación provisional de Hacienda con la incorporación de esa renta imputada no reflejada (que seguro que llegará), entonces es cuando solicitamos a un arquitecto ese informe pericial de no habitabilidad y lo presentamos ante Hacienda.

Es así?

Gracias de antemano Cachilipox.

Saludos.