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FINCAS RÚSTICAS... ¿Se declaran en el I.R.P.F. 2017? - Agencia Tributaria
Hemos heredado entre 3 hermanos, dos fincas rústicas de nuestro padre, que carecen absolutamente de explotación agraria y, por tanto, no producen ingresos directos.
Mi pregunta es si dichas fincas se han de incluir en BIENES INMUEBLES/RENTAS DE INMUEBLES A DISPOSICIÓN DE SUS TITULARES, ARRENDADOS O CEDIDOS A TERCEROS dentro de la declaración I.R.P.F. 2017, teniendo en cuenta que no están afectos a actividades económicas.....??.
Muchas gracias por las respuestas.
Un saludo.