Casualmente tu abogado te ha dicho lo mismo que yo en mi anterior mensaje. Puedes estar en Málaga y paralizar una obra en el otro extremo, máxime teniendo abogado. Si la obra no tiene licencia, se denuncia en el ayuntamiento y la paran de inmediato. Y si la obra la hace alguien que no es el propietario del terreno sin autorización del propietario, se denuncia en el juzgado y la paran.
¿La obra está terminada o no?, porque si no está terminada, deberías paralizarla cuanto antes.
Las facturas que presente contra el caudal hereditario, en principio no valen para nada salvo que los herederos deis conformidad. Pero si reclama en el juzgado, dependerá de que tú hayas parado la obra en el momento en que supiste de ella o no. La buena fe a la que me refería yo no es algo que se proclame, sino que se demuestra actuando según entiende la ley que es dicha buena fe.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.