¿A partir de qué cantidad debo presentar Declaración de la Renta 2019 (ejercicio 2018)?
Se indica lo siguiente:
El límite excluyente de la obligación de declarar en el caso de percibir rendimientos del trabajo previstos en el artículo 96.3 de la LIRPF (procedan de más de un pagador salvo las excepciones señaladas, pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, el pagador no esté obligado a retener o sean rendimientos sujetos a tipo fijo de retención) se eleva a 14.000 euros (con anterioridad el límite era de 12.000 euros). Régimen aplicable en 2018
No obstante, en el ejercicio 2018 cuando el impuesto correspondiente al período impositivo se hubiera devengado a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, esto es, siempre que el contribuyente no hubiera fallecido antes de 5 de julio de 2018, el límite de 14.000 euros señalado en el párrafo anterior será de 12.643 euros. (Se modifica el artículo 96 y se añade una DT 34a de la LIRPF por el artículo 63 de la LPGE para 2018)
Entonces, ¿cuál es la cantidad real, 12.643 o 14.000 euros?
Muchas gracias de antemano,
Saludos