Votaciones en Junta (Propiedad Horizontal) - Ley de Propiedad Horizontal
Hola, quería saber cómo se computan los votos para calcular las mayorías en las votaciones de las juntas de propietarios.
Según la Ley de Propiedad Horizontal, en segunda convocatoria hace falta que la mayoría de asistentes y representados voten a favor, y que sean mayoría de cuotas de participación.
En nuestra última junta, la administradora envió el acta en el que aparece un listado de 113 asistentes y representados, y las votaciones tienen entre 145 y 147 votos en total, sin indicar el % de cuotas, y se han dado por aprobadas todos los puntos en los que había más votos a favor que en contra.
Cuando he contactado con la administradora, me ha dicho que van a calcular los %de cuotas de los puntos que me parecen dudosos (aquellos en los que yo creo que hace falta asegurarse de que cumplen la doble mayoría que pide la ley), y respecto a los votos totales, me ha dicho que hay más votos que asistentes y representados porque hay vecinos que enviaron sus votos pero no asistieron a la reunión. ¿Esto es correcto? ¿No se debería considerar a esos vecinos como representados y contarlos en el listado que aparece en el acta? ¿Y cuál es entonces el total de votos que hay que usar para saber cuál es la mayoría, los 113 o los 147? Porque con la información que tenemos tampoco es posible saber cuántos vecinos en total participaron en la votación, podría a haber más de 147 pero que en determinados puntos algunos vecinos no hubieran votado (como ocurre en los puntos en los que hay 146 o 145 votos en total).
Muchas gracias