Es una deducción por maternidad; eso significa que, para que la pueda cobrar el padre, o es viudo o tiene la custodia exclusiva o la patria potestad única (como en casos de adopción o gestación subrogada por una única persona). No depende del empadronamiento ni de que dependa económicamente de uno sólo de los padres. Si la madre existe, y no hay una sentencia judicial que le haya quitado la custodia, el padre no tiene derecho a esta deducción.