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IVA intracomunitario
Buenos días,
me surge una duda acerca de un proveedor de servicios de copisteria italiano con el que mantengo relación comercial.
Como empresa cliente estoy dado de alta en el ROI, por lo que puedo realizar operaciones intracomunitarias, en este caso, adquisiciones intracomunitarias de servicios.
La empresa es Pixarprint, con sede en Italia y VAT con número ITXXXXXXX. Todas las facturas recibidas hasta la fecha han sido exentas de IVA por estar inscrito en el Registro de Operadores Intracomuntarios.
La duda es que ahora la empresa ha constituido un NIF español "NXXXXXXX", por lo que a efectos de IVA, debería repercutir el 21% de IVA en sus facturas derivadas de los servicios prestados en el Estado español, pero no lo hace.
Aunque tenga NIF español (y domicilio fiscal en Madrid, España), sigue emitiendo facturas con 0% de IVA.
Entonces, estamos hablando de una operación interior, por lo que debería aplicar el IVA general estatal.
Ahora me encuentro en qué no sé como tratar esta incidencia. En el 349 no lo puedo declarar ya que el NIF es español y no se puede informar, ya que se trata de una operación interior. Pero en el 303 tampoco lo puedo incluir debido a que emite las facturas sin IVA.
Dónde está el fallo? Está bien así? En caso que sí, qué tratamiento fiscal debería hacer con estas facturas?
Gracias
me surge una duda acerca de un proveedor de servicios de copisteria italiano con el que mantengo relación comercial.
Como empresa cliente estoy dado de alta en el ROI, por lo que puedo realizar operaciones intracomunitarias, en este caso, adquisiciones intracomunitarias de servicios.
La empresa es Pixarprint, con sede en Italia y VAT con número ITXXXXXXX. Todas las facturas recibidas hasta la fecha han sido exentas de IVA por estar inscrito en el Registro de Operadores Intracomuntarios.
La duda es que ahora la empresa ha constituido un NIF español "NXXXXXXX", por lo que a efectos de IVA, debería repercutir el 21% de IVA en sus facturas derivadas de los servicios prestados en el Estado español, pero no lo hace.
Aunque tenga NIF español (y domicilio fiscal en Madrid, España), sigue emitiendo facturas con 0% de IVA.
Entonces, estamos hablando de una operación interior, por lo que debería aplicar el IVA general estatal.
Ahora me encuentro en qué no sé como tratar esta incidencia. En el 349 no lo puedo declarar ya que el NIF es español y no se puede informar, ya que se trata de una operación interior. Pero en el 303 tampoco lo puedo incluir debido a que emite las facturas sin IVA.
Dónde está el fallo? Está bien así? En caso que sí, qué tratamiento fiscal debería hacer con estas facturas?
Gracias