#16
Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?
Buenas noches:
Pues aunque no sea sobre la misma fecha lo cierto es que se admite que el importe que se hereda sea menor del que marquen las CCAA con sus valoraciones.
En ese sentido sí existen páginas. https://www.certicalia.com/blog/como-valorar-un-inmueble-heredado
En el caso de las valoraciones para IT se admiten el precio real frente al precio calculado,. La sentencia del TS reciente STS 2180/2018 - ECLI: ES:TS:2018:2180.
Caso curioso. https://javiersevillano.es/Impuesto-Sucesiones-Donaciones.htm
"Un ejemplo reciente, que ha aparecido en los medios, es el siguiente: Al fallecer su padre en 2010, cuatro hermanos heredan el hotel que llevaban entre todos en Jerez de la Frontera. La Junta de Andalucía lo valora en 1.456.712 euros y no acepta otras valoraciones. Como no pudieron pagar los 400.000 euros que la Agencia Tributaria de Andalucía les reclamaba por el impuesto de Sucesiones, la junta subastó el hotel y se vendió por 185.000 euros. Una insignificancia, si se compara con el valor de tasación de 1,4 millones.
Pues aunque no sea sobre la misma fecha lo cierto es que se admite que el importe que se hereda sea menor del que marquen las CCAA con sus valoraciones.
En ese sentido sí existen páginas. https://www.certicalia.com/blog/como-valorar-un-inmueble-heredado
En el caso de las valoraciones para IT se admiten el precio real frente al precio calculado,. La sentencia del TS reciente STS 2180/2018 - ECLI: ES:TS:2018:2180.
Caso curioso. https://javiersevillano.es/Impuesto-Sucesiones-Donaciones.htm
"Un ejemplo reciente, que ha aparecido en los medios, es el siguiente: Al fallecer su padre en 2010, cuatro hermanos heredan el hotel que llevaban entre todos en Jerez de la Frontera. La Junta de Andalucía lo valora en 1.456.712 euros y no acepta otras valoraciones. Como no pudieron pagar los 400.000 euros que la Agencia Tributaria de Andalucía les reclamaba por el impuesto de Sucesiones, la junta subastó el hotel y se vendió por 185.000 euros. Una insignificancia, si se compara con el valor de tasación de 1,4 millones.
Pero la cosa no termina con la pérdida del hotel. La Junta de Andalucía sigue reclamando a los hermanos más de 200.000 euros (la diferencia entre lo que obtuvo en la subasta y los 400.000 que pedía inicialmente de impuestos).
¿Como es posible todo esto? Una vez subastado, el precio del hotel a efectos de impuestos debe ser el de la subasta y no el de tasación y los impuestos los correspondientes a ese precio. Por otra parte, la Junta y los responsables de la misma, deberían responder por los daños económicos y psíquicos causados. Han dejado a una familia en la ruina."
Reitero que lo leí en su tiempo aunque no he guardado la página, ya que por mi parte tuve en caso de acciones. En el momento del fallecimiento tenían un precio y en el momento de hacer la escritura de herencia era más bajo. Pero no quise aplicarlo. Siento no haber guardado el enlace de la sentencia de TS.
Pues aunque no se crea, el precio no es el día del fallecimiento exclusivamente el de la cotización cuando hace escritura. Puede ser posible. Caso del hotel del citado caso de Jerez.
El precio lo pone el mercado y más en el caso de mercado de valores. El importe que recibes es el del día que tienes acceso a las acciones. Reitero que no es aconsejable bajarlo, pero podría hacerse.
Saludos.