Hola
El subsidio de 45 años, es una prestación que se da, una vez acabada la prestación contributiva, es decir, el paro. Hay que solicitarla después de un mes de espera, en los 15 días siguientes, y cuando se cumple el requisito de la edad (45años).
Es decir, no se da por el mero hecho de tener 45 años, sino que es complementario al paro consumido. Sin este paro agotado anterior, y tener los 45 años en el momento de pedirlo, no se cumplen los requisitos.
No sé tú caso, pero te lo comento por si acaso.
Un saludo