No es lo mismo decir que es improbable que lo embarguen porque lo habitual es que no llegue a los 950€ que decir que "no se puede embargar", pues lleva a confusión. Es embargable en más casos de los que imaginas, pues por ejemplo, una unidad familiar a la que se le conceda el IMV de 600€ mensuales en estas fechas cobraría con los atrasos unos 4.200€ de golpe, de los cuales, si tiene la cuenta embargada, le pueden quitar la mayor parte. Sólo tienen el deber de respetar la última mensualidad (sea el mes en curso o el anterior), ya que consideran que el resto es ahorro y, por tanto, susceptible de embargo. En estos casos ni siquiera suele respetarse el umbral del salario mínimo, pero aunque lo hicieran le quitarían 3.250€ de la cuenta en cuanto puedan. De ahí mi énfasis en dejar claro que el IMV sí es embargable.