Porque originalmente no se podia compartir piso y cobrar la mierda esta, te dirán que formas parte de otra unidad de convivencia
No es cierto. Originariamente, en la primera redacción del RD, ya se reconocía la existencia de posibles beneficiarios individuales si compartían domicilio con una unidad de convivencia con vínculos familiares entre sí y no con la otra persona. La modificación introducida en ese artículo es básicamente, si la memoria no me falla, añadir el requisito adicional de que los beneficiarios individuales no estuvieran casados con otra persona (sin haber iniciado trámite de separación) ni pudiera considerárseles integrados en otra unidad de convivencia.
La denegación es casi automática cuando se convive con un familiar (aunque ese familiar no te ayude económicamente), pero en el caso de Arruinado1976, en principio, incluso con la redacción original de la normativa, debería ser considerado independiente, siempre que no sean familia ni él esté casado todavía sin iniciar trámites de divorcio (sin perjuicio de que pudiera incumplir otros requisitos). Aún así, están denegando en casi todos los casos en que se comparte piso y suele recaer en el interesado la responsabilidad de demostrar que en su caso debe considerarse beneficiario individual.