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Estado solicitud ingreso minimo vital

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Estado solicitud ingreso minimo vital
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Estado solicitud ingreso minimo vital
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#36556

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Eres,una mentirosa y engañas a la gente diciendo q la caixa a cobrado siendo mentira y poniendo nerviosa a la gente diciendo q te lo ha dicho tu prima que es como la q tiene una prima en alcahala ni tiene prima ni tiene na
#36557

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

¿Y cómo te enteraste de por qué te la denegaron? Es que yo estoy en ese lapsus de información. Por teléfono sólo me han dicho que se denegó a primeros de marzo y que no podían "ver más información". No sé para qué están la verdad, si no informan de nada que tú no puedas ver en el enlace del certificado. Estoy ciega en este asunto.
Celebro que lo tuyo vaya andando. Espero verte por aquí contando que se te ha solucionado de forma favorable.
#36558

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

No OS enfadeis.no vale la pena .habrá Sido  un malentendido. La Caixa pone a disposición el pago los días 24 de cada mes.y creo que aunque sea fin de semana estará en cuenta mañana. Y sino fuese así , habrá que esperar asta el lunes. Tranquilas y paciencia 
#36559

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

No me enfado pero lleva todo el dia diciendo q la caixa cobro y solo dije q pagan el 24 ella ni siquiera tiene la caixa no se puede confundir a la gente poniendola nerviosa cuando lo estan pasando tan mal
#36560

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

No OS enfadeis.no vale la pena .habrá Sido  un malentendido. La Caixa pone a disposición el pago los días 24 de cada mes.y creo que aunque sea fin de semana estará en cuenta mañana. Y sino fuese así , habrá que esperar asta el lunes. Tranquilas y paciencia 
#36561

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Te entiendo perfectamente! Esta noche mira la aplicación de la Caixa si la tienes apartir de las 12 a esa hora suele estar ya ingresado 
#36562

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Ya lo se eso le estoy diciendo a todo el mundo y gracias por tu aportacion 
#36563

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Me mandaron la carta despues de yo enviarles un email preguntando que pasa con eso!el plazo de reclamar son 30 diaa desde que recibes la carta!yo cualkier cosa q pase con mi reclamacion lo pongo aki
#36565

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Esto es lo que me he encontrado hoy... es la cuarta vez que reclamo a través de la web de la Seguridad Social y este es el tercer mensaje que me llega. Todo lo que me dicen ya lo he hecho... Será cuestión de suerte.

BUZON CONSULTAS SEG SOCIAL <[email protected]> | 12:07 (hace 8 horas) |  |


Buenos días, en contestación a su consulta le comunicamos que a través de este
buzón no podemos atender peticiones particulares que suponga la tramitación de
situaciones concretas en relación con la prestación del ingreso mínimo vital.
Por ello no se puede atender la petición planteada en su correo.

Una vez recibida la carta con la resolución podrá ver la causa de denegación y
tendrá un plazo de 30 días para poner reclamación previa.
Si no le ha llegado la notificación puede volver a reclamarla presentando un
escrito firmado junto con fotocopia de su DNI a  través de alguna de las
siguientes vías:

En contestación a su correo sobre la notificación de la resolución de la
prestación de Ingreso mínimo Vital (IMV) le informamos lo siguiente:
La Seguridad Social pone a su disposición los siguientes canales alternativos a
la atención presencial para interponer una reclamación previa contra las
resoluciones dictadas por el INSS de IMV:
 A través de los servicios de la Sede Electrónica de la Seguridad Social,
accesibles con certificado digital o análogo así como para usuarios registrados
en Cl@ve Permanente por el servicio "Presentación de otros escritos,
solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social)". La
ruta de acceso en la sede electrónica es: [ Inicio > Ciudadanos > Otros
Procedimientos > Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones
(Instituto Nacional de la Seguridad Social) ]. Si es usted un profesional, u
otro sujeto obligado a utilizar medios electrónicos, que actúa en
representación de un interesado deberá utilizar el servicio de esta Sede
correspondiente al trámite que desee realizar accediendo con su certificado
electrónico o Cl@ve.
Las solicitudes que se presenten a través de este servicio
o sin identificar con Cl@ve Permanente o certificado no serán atendidas.
 En el caso de no disponer de certificado digital ni estar registrado en Cl@ve
Permanente y de forma excepcional, puede presentar solicitudes, reclamaciones u
otros trámites a través del nuevo servicio análogo al anterior, sin certificado
digital, en el que puede enviarnos solicitudes, presentación de escritos,
reclamaciones previas , o adjuntar documentación que considere urgentes e
imprescindibles, accesible desde la web de la Seguridad Social
(www.seg-social.es) en el siguiente enlace para el INSS: [
http://run.gob.es/cqsjmb ]. Para facilitarle el uso del servicio, ponemos a su
disposición el siguiente video informativo: [
http://run.gob.es/VTcanalsincertificado ].

Una vez que el ciudadano accede, se abre una página explicativa del uso de este
servicio.
El escrito de Reclamación Previa debe recibirse firmado y con copia en formato
pdf de su DNI/TIE y de la documentación acreditativa, en un único envío para
facilitar su tramitación.
Compruebe los campos teléfono y correo electrónico. La solicitud sin
certificación electrónica no se formalizará en el Registro Electrónico de la
Seguridad Social y puede ser necesario que se le requiera para acreditar su
identidad o verificar la documentación y datos remitidos a través de su
teléfono o correo electrónico.
Cumplimente la pregunta de seguridad y pulse
continuar. Si el proceso se completa con éxito aparecerá un aviso en la parte
superior de la pantalla y recibirá un correo electrónico de confirmación de
envío a la dirección de correo electrónico proporcionada
 Por último, puede utilizarse el canal postal.

Además, cualquier ciudadano, si así lo desea o necesita, puede presentar una
solicitud, escrito o comunicación en los términos especificados en la norma,
dirigido en este caso a la dirección provincial competente del Instituto
Nacional de la Seguridad Social (INSS), en cualquiera de las oficinas de
registro que se recogen en el siguiente enlace: [
https://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/encuentraTuOficina/Ofic
inasRegistro.html ].
Saludos.

Para cualquier aclaración o ampliación a esta respuesta, deberá formular una
nueva consulta a través del buzón de la página web, indicando el nº asignado a
la respuesta.

La Clave me lleva a pedir que tenga el Certificado electrónico y éste lo tengo que solicitar de forma presencial por lo que tengo que pedir cita.

He probado en ese enlace haber si me dicen algo porque ya hace tiempo que pasé el límite de estar hasta los cataplines.

Gracias por contestar Gianina
 
#36567

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Fijate que yo estoy necesitada con 6 niños que la mas grande tiene 8 años y la pekeña 4 meses son 6 sin cobrar nada pero por lo que veo estas tu mas necwsitada qie nadie de verdad que das lastima hija de mi viDa no te pongas tan nerviosa que es malo para la salud anda benha que el señor te perdone chao
#36568

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Yo necesitada si no te cuento mi vida,solo digo que por lo que dices estas mas necesitada q yo mejor las donaciones te las cedo a ti eso hace una buena persona ayudar al necesitado 
#36569

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital