Copiado de la página de la seguridad social:
COMPLEMENTO DE AYUDA PARA LA INFANCIA:
NO TIENEN QUE SOLICITAR EL COMPLEMENTO, puesto que se reconocerá de oficio por el INSS con efectos de 1 de febrero de 2022:
- Los actuales perceptores de IMV.
- Los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.
- Los beneficiarios de Protección Familiar cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuran en el expediente de Protección Familiar y cumplan los requisitos.
Yo aconsejaría ni algún hijo no está incluido en los puntos que soliciten el complemento de ayuda a la infancia, incluyéndolo, se solicita haciendo la solicitud del IMV.