¿Has mirado bien en el histórico, de varios meses para atrás? porque en mi caso si (ya lo he demostrado con mis capturas de pantalla) ... si no te pone nada es porque te lo han aplicado con base en la declaración de la renta presentada en la solicitud y cuando puedan te lo revisarán, seguro que la carta te pone algo de eso en algún lado.
De todas formas la prestación que tienes asignada con un importe tan bajo viene determinada por las rentas declaradas en renta del ejercicio 2020, que es con la que nos actualizaron a casi todos en diciembre... ya sabéis como funciona esto, en diciembre te cogen la renta presentada ese año (que corresponde al ejercicio anterior) y con la misma (basándose en los rendimientos de la declaración) te determinan las cuantías anuales / mensuales del IMV para el siguiente año.
Si te sube respecto a lo que cobraste el mes anterior ¡enhorabuena!, tienes derecho al pago de atrasos que te liquidarán en julio o un poco antes con suerte... si te ha bajado mala suerte, habrás generado deuda con la Seguridad Social que también a partir de julio (o antes) comenzarán a reclamarnos como "cantidades percibidas indebidamente" que tendremos que devolver de la manera que nos indiquen.
No hay más cera que la que arde. El IMV está legislado así de chungo (esto es como pretender taponar hemorragias de una femoral seccionada con tiritas), cortando las alas de las ayudas sociales de CCAA y ayuntamientos que tan bien han estado funcionando estos años, que a su vez ahora están optando por no conceder ayudas y derivar a todo cristo a pedir el IMV.