En principio y por ley han de abonar los atrasos desde el dia 1 de enero de 2021 que es lo que indica el decreto ley. Otra cosa es si lo abonaran con la mensualidad o se hara en un pago aparte. A ese respecto es complicado saber como se hara, ya que es el primer año que se actualizan las cuantias, ahora bien deberia ser como cuando pagan al estimar un reclamacion o cuando pagaron con caracter retroactivo a 1 de junio de 2020, que lo incluyeron en la mensualidad.