#1
Declarar la venta de inmueble heredado
Hola:
En 2020 se vendió un piso que había sido heredado en 2019, y que no era primera residencia. Tengo algunas preguntas para la declaración IRPF, a ver si me podríais por favor ayudar:
0) Otros años el borrador sale a pagar pero como no está obligada a presentar declaración, no lo hace. Pero este año con la venta del piso, al no haber hecho reinversión, a pesar de que por el resto de ingresos no estaría obligada a presentar declaración, ¿esta venta ya obliga a presentarla?
1) Debo incluir la imputación de renta por los días en que el inmueble estuvo en propiedad/usufructo en 2020 (casilla 63 y 89)
2) Además, debo declarar la pérdida/beneficio (¿casilla 1626 en página 18?)
3) ¿Cual es el precio de compra?: el que figura en la escritura de compra del año 1960? el valor catastral del recibo del IBI? el valor de mercado según la web de la Hacienda autonómica?
4) ¿Cual es el precio de venta?: el importe de venta menos plusvalía municipal pagada al vender y menos los gatos notariales de venta? (entiendo que el impuesto de sucesiones no es deducible porque no es inherente a la transmisión)
Un saludo
En 2020 se vendió un piso que había sido heredado en 2019, y que no era primera residencia. Tengo algunas preguntas para la declaración IRPF, a ver si me podríais por favor ayudar:
0) Otros años el borrador sale a pagar pero como no está obligada a presentar declaración, no lo hace. Pero este año con la venta del piso, al no haber hecho reinversión, a pesar de que por el resto de ingresos no estaría obligada a presentar declaración, ¿esta venta ya obliga a presentarla?
1) Debo incluir la imputación de renta por los días en que el inmueble estuvo en propiedad/usufructo en 2020 (casilla 63 y 89)
2) Además, debo declarar la pérdida/beneficio (¿casilla 1626 en página 18?)
3) ¿Cual es el precio de compra?: el que figura en la escritura de compra del año 1960? el valor catastral del recibo del IBI? el valor de mercado según la web de la Hacienda autonómica?
4) ¿Cual es el precio de venta?: el importe de venta menos plusvalía municipal pagada al vender y menos los gatos notariales de venta? (entiendo que el impuesto de sucesiones no es deducible porque no es inherente a la transmisión)
Un saludo