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Anualidad por alimentos, mes inicio que puedo aplicarlo
Buenas noches.
Me surge la siguient duda con respecto a los meses desde los que puedo incluir la anualidad por alimentos en la declaración de Renta 2020:
Padres no casados, dejan de vivir juntos desde hace años, pero es en 2020 cuando presentaron pacto de convivencia en el que se indica guarda y custodia a la madre y anualidad por alimentos de al padre.
En la sentencia salen todas estas fechas:
Pacto convivencia 12 se marzo 2020
17 de marzo registro de demanda presentada por la procuradora
Demanda admitida 26 de junio y misma fecha ratificación de acta
Escrito ministerio fiscal 31 agosto
Fecha sentencia 31 de agosto.
¿Desde que fecha podría incluir en Renta 2020 los 300 euros de anualidad por alimentos que paga el padre? ¿Desde la fecha de la sentencia y por tanto Desde agosto a diciembre? O fecha de admisión de demanda/ratificación del acta?
Muchas gracias. Un saludo.
Me surge la siguient duda con respecto a los meses desde los que puedo incluir la anualidad por alimentos en la declaración de Renta 2020:
Padres no casados, dejan de vivir juntos desde hace años, pero es en 2020 cuando presentaron pacto de convivencia en el que se indica guarda y custodia a la madre y anualidad por alimentos de al padre.
En la sentencia salen todas estas fechas:
Pacto convivencia 12 se marzo 2020
17 de marzo registro de demanda presentada por la procuradora
Demanda admitida 26 de junio y misma fecha ratificación de acta
Escrito ministerio fiscal 31 agosto
Fecha sentencia 31 de agosto.
¿Desde que fecha podría incluir en Renta 2020 los 300 euros de anualidad por alimentos que paga el padre? ¿Desde la fecha de la sentencia y por tanto Desde agosto a diciembre? O fecha de admisión de demanda/ratificación del acta?
Muchas gracias. Un saludo.