#1
Ceder explotación a hijos.
Hola, buenas a todos. La cuestión que expongo es la siguiente:
La titularidad de una explotación agraria pertenece a un matrimonio al 50% adquirida en gananciales. Hasta la fecha, es el padre quien la trabajaba como persona física, pero al jubilarse ha decidido cederla a sus dos hijos. Así pues, se nos ocurre conformar una comunidad de bienes o sociedad civil ( lo más beneficioso)
1º ¿ Es recomendable donar el pleno dominio o es suficiente con donar el usufructo para constituir la comunidad de bienes?
2º ¿ Existe otra posibilidad para que los hijos administren las tierras sin crear comunidad o sociedad civil?
3º Una vez constituida la C.B, en caso de que fuese la mejor opción, se pretende que sea el padre quien recoja los beneficios y, por lo tanto, también tribute. ¿ Tendría el padre que seguir tributando en módulos ( es como viene haciéndolo habitualmente) ?
Muchas gracias. Saludos
La titularidad de una explotación agraria pertenece a un matrimonio al 50% adquirida en gananciales. Hasta la fecha, es el padre quien la trabajaba como persona física, pero al jubilarse ha decidido cederla a sus dos hijos. Así pues, se nos ocurre conformar una comunidad de bienes o sociedad civil ( lo más beneficioso)
1º ¿ Es recomendable donar el pleno dominio o es suficiente con donar el usufructo para constituir la comunidad de bienes?
2º ¿ Existe otra posibilidad para que los hijos administren las tierras sin crear comunidad o sociedad civil?
3º Una vez constituida la C.B, en caso de que fuese la mejor opción, se pretende que sea el padre quien recoja los beneficios y, por lo tanto, también tribute. ¿ Tendría el padre que seguir tributando en módulos ( es como viene haciéndolo habitualmente) ?
Muchas gracias. Saludos