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Amortización del inmueble

7 respuestas
Amortización del inmueble
Amortización del inmueble
#1

Amortización del inmueble

Estoy perdido con este apartado de la declaración, es un inmueble arrendado, lo heredé hace años. ¿Es obligatorio rellenar este apartado? ¿Donde puedo consultar todos estos datos?

Valor catastral (parte correspondiente al porcentaje de propiedad en el inmueble)
Valor catastral de la construcción (parte correspondiente al porcentaje de propiedad en el inmueble)
% Valor catastral de la construcción/ Valor catastral%
Importe de adquisición
Gastos y tributos inherentes a la adquisición


Gracias por la ayuda
#2

Re: Amortización del inmueble

Todo lo relativo al valor catastral lo puedes encontrar en el recibo del IBI, en el borrador de Hacienda o también en la página web del catastro.
El importe de adquisición es el valor del inmueble que aparece en la escritura de aceptación de y reparto de herencia.
Los gastos y tributos es lo que te costó heredar la vivienda: impuesto de sucesiones, notario, registro, etc...
#3

Re: Amortización del inmueble

Ojo, el valor de adquisición en tu caso, a estos efectos, son solo los gastos que pagaste al heredar, por lo que la amortización te va a salir bastante baja según ese criterio, saldrá mejor al aplicar el valor catastral.
No es obligatorio poner la amortización, es un gasto deducible del alquiller que si no quieres no lo restas, pagas mas  y mejor para ellos y todos.
Lo que si es obligatorio es, a la hora de la venta, restarte ese valor de las amortizaciones teóricas, lo hayas aplicado o no, del valor del momento de la adquisición, de manera que te saldrá un incremento de patrimonio superior.

Un saludo

#4

Re: Amortización del inmueble

Gracias por tu respuesta @leopol72  

Entonces si no lo pongo el día que decida vender el inmueble Hacienda me hará un cálculo teórico de esas armotizaciones que será mucho mayor y tendré que pagar más, ¿lo he entendido bien?
#5

Re: Amortización del inmueble

Si no lo pones en el momento de la venta en su sitio, si no lo pones ahora en el alquiler no pasa nada.

Un saludo

#6

Re: Amortización del inmueble

En cuanto a los muebles adquiridos en 2006, y el piso alquilado desde enero 2020, puedo aplicar el 10 % del valor de adquisición, o ya se considera totalmente amortizado en 2016?

#7

Re: Amortización del inmueble

Pues no te puedo decir al 100%, pero yo diría que se consideran mas que amortizados y que no colaría...

Un saludo

#8

Re: Amortización del inmueble

"Ojo, el valor de adquisición en tu caso, a estos efectos, son solo los gastos que pagaste al heredar, por lo que la amortización te va a salir bastante baja según ese criterio, saldrá mejor al aplicar el valor catastral."

Si no me equivoco esta cuestión está pendiente de resolverse por el Supremo. Sería de justicia que el Supremo aplicase el mismo criterio que en el Impuesto sobre Sociedades.