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Ingreso deuda Modelo 303 IVA

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Ingreso deuda Modelo 303 IVA
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Ingreso deuda Modelo 303 IVA
#1

Ingreso deuda Modelo 303 IVA

Buenas a todos. A ver si podéis ayudarme con una duda.

He recibido una carta en la que se me insta a pagar una deuda. Presenté correctamente el modelo 303 de IVA pero la Agencia Tributaria no pudo cobrar la cantidad de la cuenta porque en ese momento no disponía de la suficiente cantidad de dinero. Un despiste.

He ido a la sección de la Agencia Tributaria > Sede electrónica > Trámites destacados > Pagar, aplazar y consultar deudas.

Aquí viene la duda porque no sé si me he confundido. La carta de pago indica que he de ir al apartado liquidaciones/deudas, indicar el modelo (002) y el número de justificante de la carta que insta al pago de la deuda.

Por error, no he ido a ese apartado. He ido al de autoliquidaciones, pago mediante cargo en cuenta y ahí he indicado modelo 303 IVA, 2T (trimestre que debo) y he indicado la cantidad que se me pide, sin indicar ningún número de justificante porque en ese apartado no lo piden.

Debería haber ido al apartado liquidaciones pero entiendo que el ingreso se ha realizado de todas formas porque consta que estoy pagando el trimestre que se me exige. ¿Valdrá haber hecho el pago de la manera que lo he hecho?
#2

Re: Ingreso deuda Modelo 303 IVA

Yo díría que no. No coincide lo pagado (concepto) con lo reclamado, aunque el importe sea el mismo.
En estos casos, si quieres evitar un largo y proceloso proceso "a las malas" con la AEAT, lo suyo es que vuelvas a pagar "correctamente" la deuda, y posteriormenteque realices una solicitud de ingresos indebidos por duplicidad por error material.
Tardarán unos meses en resolverlo, pero te retornaran el pago duplicado.
O hacer un escrito con todos los detalles a tu delegación, solicitando compensación por coincidencia de cantidades y mero errror material pero no de concepto, y cruzar los dedos.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Ingreso deuda Modelo 303 IVA

Actualizo:
Tras el pago, se generó un NRC de la operación. Ayer hice una autoliquidacion complementaria, modificando la presentada en la que incluyo el recargo y señalando el número de justificante de la autoliquidación original. Al finalizar el proceso he introducido el NRC del pago efectuado para evitar un nuevo cobro.  Quizá así quede resuelto. Cómo lo ves?