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Valor catastral multiplicado por coeficiente municipal frente a “Valores de referencia" de cada municipio
En el mes de octubre de 2021 falleció un allegado (NO FAMILIAR) que me ha dejado en herencia un piso. Dicho piso no tiene ascensor además de encontrase en un estado muy precario en cuanto a conservación
En la Comunidda Autónoma en la que habito, en el año 2021 podía consignarse para la liquidación del impuesto de sucesiones un valor estimado de dicha vivienda siempre que dicho valor fuese superior a la cantidad resultante de multiplicar el valor catastral por un coeficiente específico para cada municipio. El valor resultante de dicha operación serían 105.000 €
A partir del 1 de Enero de 2022 en mi Comunidad Autónoma ,se han establecido unos VALORES DE REFERENCIA, que concretamente para esta vivienda lo han establecido en 135.000 €
Como quiera que al no unirme grado de parentesco alguno con el difunto, adquiere gran importancia el modo de establecimiento de dicho valor, ya que la cuantía de la liquidación del impuesto varía sustancialmente
En este sentido me gustaría saber ¿QUÉ FECHA DE VALOR DEL PISO hay que consignar, ¿la de la fecha del fallecimiento (en cuyo caso podría valer como valor 105.000 €) o la fecha de liquidación del impuesto en 2022, en el que el valor a consignar debería ser superior al de referencia (en cuyo caso el valor sería igual o superior a 135.000)?
Muy atte