el tema es que si ese dinero lo hubieses ganado trabajando para la misma empresa (el mismo CIF), te habrían retenido a lo mejor 100 euros al mes para el Impuesto de la Renta y ahora no tendrías que pagar nada seguramente.
Pero al tener dos contratos con lo que parece son entidades jurídicas distintas, ninguna debe de haberte retenido, ahora tienes obligación de presentar la declaración y pagar esa cantidad que en otro caso te habrían restado de la nómina mes a mes.
La declaración se puede presentar hasta finales de junio, y pedir pagarla en 2 plazos (el 2º se paga sobre noviembre).
Esa empresa que dices del mundo de la limpieza puede tener distintas filiales y además, en ocasiones se unen a otras empresas del sector y forman lo que llaman UTEs (Unión temporal de empresas) con su propio CIF para presentarse por ejemplo a concursos de las Administraciones Públicas (por ejemplo con Clece, que es de ACS-Florentino Pérez, se presentan juntos muchas veces). Probablemente estás en alguno de estos casos.