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Gastos deducibles venta de vivienda - IRPF

8 respuestas
Gastos deducibles venta de vivienda - IRPF
Gastos deducibles venta de vivienda - IRPF
#1

Gastos deducibles venta de vivienda - IRPF

Hola

Me gustaría saber si se puede deducir de la plusvalia generada en la venta de una vivienda los gastos de seguro de hogar, vida (vinculados a la hipoteca de forma obligatoria) y el IBI.

Además de las habituales gastos de gestoría, notaría, inmobiliaria, plusvalía municipal y mejoras, ¿algún otro concepto que pudiera restar y que se suela escapar? 

Por cierto, ¿se considera como mejora la compra de los electrodomésticos de la cocina u otros elementos que no supongan un servicio de un profesional? Se puede entender que suponen un aumento de la eficiencia productiva, como dice la norma, porque la cocina era inservible sin esos electromésticos, aunque creo que no se pueden considerar como un elemento inmovilizado, así que es un poco ambiguo.

Gracias
Un saludo
#2

Re: Gastos deducibles venta de vivienda - IRPF

puedes minorar el valor de venta con lo que pagas de plus valia y tambien lo que te cobra la agencia que te lo vende siempre que te de factura oficial, y tambien puedes poner como gastos todos los derivados de notaria por la adquisicion del piso, adjudicacion de herencia si lo heredaste o gastos de escritura publica si lo compraste y los gastos de registro.-
#3

Re: Gastos deducibles venta de vivienda - IRPF

Preguntaba más concretamente por los gastos de seguro de hogar y vida, que iban asociados a la hipoteca, el IBI o la comunidad de propietarios.

Y por otro lado, la compra de electrodomésticos como posible gasto de mejora.
#4

Re: Gastos deducibles venta de vivienda - IRPF

No, y no.
Eso son gastos recurrentes no asociados a la compra ni a la venta.
Y los electrodomesticos tampoco, ni siquiera forman parte de ella, te los puedes llevar a tu nueva casa fácilmente.

Un saludo

#5

Re: Gastos deducibles venta de vivienda - IRPF

Entendido, entonces supongo que instalación de tarima, cambio de radiadores, baldosas, mosquiteras, que es algo que se queda como mejora de la casa, sí se podría meter, verdad?
#6

Re: Gastos deducibles venta de vivienda - IRPF

no ese tipo de gastos solo los podrias computar para el irpf si los tienes en una vivienda alquilada pero no guardan relacion con perdidas y ganancias en donde entra en juego el valor de adquisicion y transmision
#7

Re: Gastos deducibles venta de vivienda - IRPF

Si puedes incluir como gasto, y que es uno de los que indicas como "que se suele olvidar", el generado por realizar el Certificado de Eficiencia Energética necesario para la venta.

Un saludo
#8

Re: Gastos deducibles venta de vivienda - IRPF

Si se consideran mejoras, si, como mayor valor de adqusición. Habría que ver si entran en esa definición porque no es lo mismo, por ejemplo, poner calefacción donde no había, que simplemente sustituir los radiadores. Además, hay que tener las facturas y los pagos. Las mosquiteras no creo que entren

Un saludo

#9

Re: Gastos deducibles venta de vivienda - IRPF

Revisando bastante información al final lo que se contempla es lo siguiente, porque ellos mismos dicen que no hay una definición clara:

 Se entiende por "mejora" el conjunto de actividades mediante las que se produce una alteración en un elemento del inmovilizado, aumentando su anterior eficiencia productiva. Así, cabe considerar como mejoras las inversiones que redundan, bien en un aumento de la capacidad o habitabilidad del inmueble, bien en un alargamiento de su vida útil, o bien en una mejora de su productividad o capacidad productiva. 

Y dentro de esa ambigüedad yo creo que poner mejores radiadores, instalar tarima o poner mosquiteras sí redunda en la habitabilidad del inmueble, incluso visto así, amueblar la cocina también se podría considerar.

En cualquier caso, como es interpretable, tampoco veo mayor problema en meterlo y si lo echan para atrás pagar la diferencia cuando corresponda, sólo veo una posible discrepancia en la interpretación.

Por cierto, volviendo a los seguros de vida y hogar que nos obligaron a firmar para la hipoteca, ¿en este caso no tienen consideración de gasto deducible al ser obligatorios?