Hola Carlos,
Las dudas q tu planteas son las q menos deberían preocuparte en este momento.
Según el escenario q cuentas, tu mujer va a ser contratada por una empresa holandesa. Así q primero intentar determinar si se puede acoger a esto:
https://www.expatica.com/nl/finance/taxes/the-dutch-30-ruling-explained-101641/ Segundo, si la cosa se consolida, pues puede solicitar el registro matricular en el consulado español de Amsterdam, q anularía su empadronamiento en España y pasaría a figurar como residente en Holanda, en la dirección donde se registre en el ayuntamiento de Holanda (en Holanda a empadronarse lo llaman registrarse)... pero ojo, si va a pedir la exención fiscal, es muy importante q NO se registre con antelación en el ayuntamiento de Holanda antes de haber empezado a trabajar.... lo cual es un la situación del huevo y la gallina, pq para empezar a trabajar necesita un número fiscal, el cual consigue al registrarse en el ayuntamiento. Hay un procedimiento especial para conseguir un número fiscal de no residente, para no quedar excluida del 30% ruling.
En cualquier caso registrarse en el consulado español sólo sirve para 2 cosas:
- Votar
- Traerse un coche de vuelta a España, cuando vuelva y no tener q pagar de nuevo impuesto de matriculación por el coche (tras 1 año en Holanda al menos, y 6 meses como dueña del coche)..
Supongo q sirve para algo más, pero son cosas menores... aunq es una prueba de tu residencia en el extranjero. Yo sólo me he registrado 2 de las 4 veces, y lo de votar funciona últimamente muy mal (creo q sólo he conseguido votar 1 vez), así q sólo lo hago cuando tengo coches holandeses.
Yo os aconsejaría q luego cuando ya esté trabajando os ocuparais de los temas fiscales españoles, pero vamos q eso sólo cuando os toque el IRPF de española y tengáis q ver si podéis hacer declaración conjunta o no ... y esos temas. La dirección de residencia fiscal en España se cambia en 5 minutos en el portal de la AEAT/Agencia tributaria, con el certificado digital. Así q lo q tenéis q asegurar por ahora es q tiene un certificado digital en vigor y q podéis entrar a la web de la agencia tributaria con este certificado y ver sus datos fiscales.
En cualquier caso, todo esto es insignificante, en comparación con la cantidad de cosas q os tendréis q ocupar ahora si ella se va trasladar a Holanda: Buscar casa (esto según la zona, puede ser un infierno), mirar como va el tema del transporte, coches, etc ...
Yo he vivido en Holanda en 4 periodos diferentes desde el año 2001 (es decir q me he ido 3 veces, y siempre vuelvo, soy reincidente) y siempre he hecho la declaración de impuestos en España. Estoy en una situación especial, q se llama privilegiada, pq casi siempre he trabajado para un organismo internacional y puedo conservar la residencia fiscal de mi país de origen. Así q siempre hago la declaración de España pq tenía un piso alquilado en Madrid ...
Como te he dicho, por ahora preocuparos del tema de los impuestos en Holanda, la casa, el transporte (los vuelos ahora están muy caros), etc ... y más adelante ya miráis lo de España, q es muy fácil.
Intentar conseguir lo del 30% en Holanda puede marcar una diferencia importante en la aventura laboral en Holanda… tb no sólo reduce la carga fiscal sobre las rentas del trabajo sino tb sobre las posiciones del ahorro/inversión q tenga tu mujer en cualquier lado del mundo … si no podría tener q pagar impuestos en Holanda por los ahorros q tenga en cualquier lugar del mundo.