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Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos

10 respuestas
Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos
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Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos
#1

Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos

Buenas tardes, gracias por leer esta consulta.

Mi mujer va a trabajar unos 4 meses en una empresa en Holanda, de modo que irá en noviembre a trabajar, y vivir en Holanda, y volverá seguramente en febrero de 2023.
Tengo algunas preguntas al respecto:

- ¿Mi mujer debe notificar un cambio de residencia a partir de noviembre?

- Los meses de noviembre y diciembre de este año habrá vivido y trabajado en Holanda, aunque imagino que le pagarán en su cuenta corriente de España.
Esos ingresos por nómina entiendo que debe declararlos en la Hacienda holandesa, pero, ¿necesitará notificar algo para evitar una doble imposición?

Agradecería cualquier orientación al respecto, gracias.

#2

Re: Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos

Hola,

Entiendo q tu mujer seguirá siendo empleada de la empresa actual, q entiendo q tiene sede en España.

En cualquier caso quizás os podíais beneficiar de incentivos fiscales.

+ Si tu mujer pasa a ser empleada de una empresa holandesa (o con sede fiscal en Holanda), hay un programa en Holanda (se pasan más años de cada década lamentando q no hay mano de obra suficiente, q diciendo q hay algo de desempleo) para reclutar talento cualificado de otros países (no necesariamente restringido a EU) q por unos años tienes un porcentaje de tu salario libre de carga fiscal:
https://www.expatica.com/nl/finance/taxes/the-dutch-30-ruling-explained-101641/
Pero es muy importante seguir los procesos para poder beneficiarse de esto, y que el nuevo empleador colabore en esto, reclutándote desde fuera y justificándolo bien (el nuevo empleado tiene q tener un salario mínimo medio y cierta formación/cualificación). Es decir es un programa para atraer mano de obra cualificada, no para trabajos básicos, aunq ahora mismo tb hace falta gente en todos los sectores, llevamos ya más de medio año con una situación lamentable en los aeropuertos holandeses.

+ Si tu mujer sigue siendo empleada de la empresa española tb la administración fiscal española tiene un programa para alentar q empresas y empleados españoles desarrollen actividad fuera ... y no sé si era algo así como q los primeros 60k de tu salario anual ganado en el extranjero (pero pagado por tu empresa española) está libre de impuestos, o del IRPF español:
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/04/04/legal/1522840448_533960.html
haz una búsqueda con: artículo 7 irpf 60.100€ exención extranjero
y encontrarás mucho material.
De nuevo necesitas q tu empleador lo gestione bien para no quedarse sin este incentivo ... y si no quiere colaborar e ignora esto, os tocará guiarles porque no aplicar esto es en cierto modo romper con el marco legal q regula esto.

#3

Re: Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos

Gracias por la respuesta.
Aclaración importante, mi mujer actualmente no está trabajando en España, está en desempleo.
#4

Re: Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos

da igual ... se podría beneficiar de uno de los dos escenarios, si su cualificación es apreciada en el mercado laboral ... holandés o español


#5

Re: Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos

Gracias nuevamente por responder.
En cualquier caso sigo con la duda de la pregunta inicial, ¿mi mujer deberá notificar el cambio de residencia de España a Holanda aunque sea solo por 2 meses?
Un saludo.
#6

Re: Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos

Tu mujer debería notificar su cambio de residencia a la AEAT, principalmente para beneficiarse de la exención prevista en el art. 7.p de la Ley de IRPF.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos

Gracias por responder Juan.
Estoy leyendo el artículo 7.p que comentas, y lo primero que leo es que habla de "realizar trabajos a favor de la filial en el extranjero de una empresa española".

A ver, la situación de mi mujer no es que esté trabajando en una empresa española y la manden a Holanda a una filial. 
Ella actualmente no está trabajando en ninguna empresa., simplemente la han seleccionado en un portal de empleo de una empresa ubicada en Holanda, y por tanto se va allí el mes que viene a vivir a a trabajar.

Como digo, ahora mismo ella se encuentra en situación de desempleo.

Pero bueno entiendo que igualmente tendrá que presentar el modelo censal 036 o 037 y notificar el cambio de domicilio fiscal.

Gracias.

#8

Re: Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos

Hola Carlos,
 
 Las dudas q tu planteas son las q menos deberían preocuparte en este momento.
 
 Según el escenario q cuentas, tu mujer va a ser contratada por una empresa holandesa. Así q primero intentar determinar si se puede acoger a esto:
https://www.expatica.com/nl/finance/taxes/the-dutch-30-ruling-explained-101641/
 
Segundo, si la cosa se consolida, pues puede solicitar el registro matricular en el consulado español de Amsterdam, q anularía su empadronamiento en España y pasaría a figurar como residente en Holanda, en la dirección donde se registre en el ayuntamiento de Holanda (en Holanda a empadronarse lo llaman registrarse)... pero ojo, si va a pedir la exención fiscal, es muy importante q NO se registre con antelación en el ayuntamiento de Holanda antes de haber empezado a trabajar.... lo cual es un la situación del huevo y la gallina, pq para empezar a trabajar necesita un número fiscal, el cual consigue al registrarse en el ayuntamiento. Hay un procedimiento especial para conseguir un número fiscal de no residente, para no quedar excluida del 30% ruling. 
 
En cualquier caso registrarse en el consulado español sólo sirve para 2 cosas:
- Votar
- Traerse un coche de vuelta a España, cuando vuelva y no tener q pagar de nuevo impuesto de matriculación por el coche (tras 1 año en Holanda al menos, y 6 meses como dueña del coche)..
Supongo q sirve para algo más, pero son cosas menores... aunq es una prueba de tu residencia en el extranjero. Yo sólo me he registrado 2 de las 4 veces, y lo de votar funciona últimamente muy mal (creo q sólo he conseguido votar 1 vez), así q sólo lo hago cuando tengo coches holandeses.
 
Yo os aconsejaría q luego cuando ya esté trabajando os ocuparais de los temas fiscales españoles, pero vamos q eso sólo cuando os toque el IRPF de española y tengáis q ver si podéis hacer declaración conjunta o no ... y esos temas. La dirección de residencia fiscal en España se cambia en 5 minutos en el portal de la AEAT/Agencia tributaria, con el certificado digital. Así q lo q tenéis q asegurar por ahora es q tiene un certificado digital en vigor y q podéis entrar a la web de la agencia tributaria con este certificado y ver sus datos fiscales. 
 
En cualquier caso, todo esto es insignificante, en comparación con la cantidad de cosas q os tendréis q ocupar ahora si ella se va trasladar a Holanda: Buscar casa (esto según la zona, puede ser un infierno), mirar como va el tema del transporte, coches, etc ...
 
Yo he vivido en Holanda en 4 periodos diferentes desde el año 2001 (es decir q me he ido 3 veces, y siempre vuelvo, soy reincidente) y siempre he hecho la declaración de impuestos en España. Estoy en una situación especial, q se llama privilegiada, pq casi siempre he trabajado para un organismo internacional y puedo conservar la residencia fiscal de mi país de origen.  Así q siempre hago la declaración de España pq tenía un piso alquilado en Madrid ... 

 Como te he dicho, por ahora preocuparos del tema de los impuestos en Holanda, la casa, el transporte (los vuelos ahora están muy caros), etc ...  y más adelante ya miráis lo de España, q es muy fácil.

Intentar conseguir lo del 30% en Holanda puede marcar una diferencia importante en la aventura laboral en Holanda… tb no sólo reduce la carga fiscal sobre las rentas del trabajo sino tb sobre las posiciones del ahorro/inversión q tenga tu mujer en cualquier lado del mundo … si no podría tener q pagar impuestos en Holanda por los ahorros q tenga en cualquier lugar del mundo.

#9

Re: Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos

Gracias por dedicar tu tiempo a responderme Paloi, me queda bastante más claro el procedimiento a seguir.
En principio irá mi mujer sola, se quedará esos 4 meses trabajando (a menos que se tuerza la cosa y tenga que regresar), y pasado ese tiempo volverá a España.
Si se diera el caso de que le van bien las cosas y tiene ocasión de seguir trabajando en Holanda, nos plantearíamos el ir yo allí y establecernos en Holanda, pero esto ya se verá.

Tomo nota del orden de los pasos a seguir que comentas. Mi mujer por su la do ya está haciendo alguna averiguación, y lo del 30% que me comentas en varias ocasiones, al parecer, no le aplicaría por alcanzar los ingresos mínimos anuales. Creo que ella rondaría los 35.000 al año.
Ahora ella está negociando para que le paguen también el transporte hasta el trabajo, y los apartamentos que tiene vistos es cierto que son bastante caros.
Tema de transporte hasta el trabajo lo mismo, lo estamos mirando y bueno, supongo que como dices esto es lo primero de lo que ha que preocuparse.

Si la cosa va mal, simplemente se volverá a España, y si va bien, pienso que Holanda puede ser un buen país para establecerse.
A pesar de que puede desempeñar trabajos cualificados en España le resulta difícil encontrar trabajo, y basicamente esta es la historia por la que alguien termina cansándose y busca mejor calidad de vida en otro país.

Un saludo
#10

Re: Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos

Yo leo el mentado artículo y veo que dice:
Que dichos trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero en las condiciones que reglamentariamente se establezcan.



El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos

Holaa !! Ustedes saben cuándo hacen los ingresos de los impuestos en Holanda??