Beneficio o pérdida por cambio de divisa ¿como tributa?
¿hay que tributar por el beneficio o pérdida en el cambio de divisa? no lo tengo del todo claro, no deja de ser una operación financiera, pero por otra parte, nunca he declarado el beneficio o pérdida ni creo que nadie lo haya hecho nunca, cuando ha cambiado dólares o libras esterlinas para ir de turismo, supongo que el turismo estará exento....¿pero como sabe hacienda si es turismo o no? ¿hay algún apartado de la declaración donde ponerlo?