#1
Declaracion en la renta dividendos extranjeros sujetos a doble imposición
Buenos días.
Como siempre se leen y se ven muchas cosas en cuanto a los dividendos extranjeros me animo a aportarlo aquí despues de ver en un apartado de la declaración como es la forma correcta, o bueno, medio "adivinarlo".
Vamos con un ejemplo:
Dividendo extranjero de 1000€ brutos que nos han retenido en origen del 15%, sin retencion aplicada en destino y en un pais con convenio de doble imposición y 2000€ en uno de España que nos han retenido 19%. Vamos a la casilla 0029:
Metemos como orden 1 (dividendo extranjero):
- Ingresos integros: 1000€ (importe bruto antes de retencion en origen)
- Retenciones: 0€ (se refiere a retenciones en destino.
- Gastos de administracion y deposito 0€ (si los hubiera pues se ponen)
Metemos como orden 2 (dividendo extranjero):
- Ingresos integros: 2000€ (importe bruto antes de retención)
- Retenciones: 380€ (se refiere a retenciones en destino 19% x 2000€ = 380€)
- Gastos de administracion y deposito 0€ (si los hubiera pues se ponen)
Despues vamos a la casilla 588:
En el punto 1 pulsamos sobre el lapiz de Rentas incluidas en la base del ahorro:
Metemos en Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario el importe NETO DESPUES DE LA RETENCIÓN EN ORIGEN, y en la casilla de importe satisfecho en el extranjero los impuestos en origen (con tope el maximo que fije el convenio de doble imposición, si es 15% pero nos han retenido un 30% solo podemos poner un 15%, el resto debemos reclamarlo al pais de origen).
En este caso rellenariamos la casilla de rendimientos netos reducidos con 1000-150 = 850€ y en impuestos satisfechos 150€.
Y ya estaría, lo de adivinar que es así es porque al abrir la casilla 588 hay un boton de consulta
Al darle aparece la siguiente imagen:
En la fila verde señalada en verde nos sale el tipo aplicable, en el caso del ejemplo nos saldrá 19% y en la fila señalada en rojo nos sale la deducción de la base liquidable del ahorro, es decir:
La base imponible del ahorro del dividendo extranjero eran 1000€ brutos, por los que tendríamos que pagar 190€, pero como ya hemos pagado 150€ en origen lo que hace la deducción es quitarnos parte de la base imponible de esos 1000€ para que al aplicarle a la cantidad que resulte tras la deducción el tipo de gravamen del 19% nos salga a pagar los 40€ restantes; es decir:
[1000€ (Base imponible del dividendo bruto en origen) - X (Deducción)] * 0,19% (tipo de gravamen) = 40€ (cantidad restante hasta el 19%)
En este caso la deducción que nos aparecería de la base imponible sería 789,48€ en la fila roja; con lo que la base imponible de 1000€ se reduciría en 789,48€ quedando 210,50€ que si a estos 210,50€ le aplicamos el impuesto de 19% nos salen los 40€ que nos faltaban por pagar.
Si en lugar de haber rellenado la casilla 588 en la parte de "Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario" con el neto después de la retención en origen, lo hubiéramos hecho con el bruto veremos que la base imponible a reducir no sería coherente (esto es porque en realidad no hace el calculo con el impuesto pagado que hayamos puesto nosotros, sino que solo utiliza la casilla de rendimientos netos reducidos y supone una retencion del 15% en origen que es la que hay en todos (creo) los casos.
Sin embargo a la hora de calcular la deducción el programa hace caso a los que genere menos deducción entre la reducción de la base imponible teniendo en cuenta el 15% de retención en origen como comentaba antes con el valor que hemos introducido como rendimiento neto reducidos y por otro lado el importe de impuestos satisfechos que hayamos rellenado por lo que en principio no habría mucho problema si tenemos los impuestos satisfechos bien, aunque desconozco si esto es así en todos los casos y si además de esto puede generar algun otro problema, mayor riesgo de comprobaciones.... , pero que como veo que hay mucha diversidad de opiniones una vez visto quería compartirlo con vosotros.
Un saludo.
Como siempre se leen y se ven muchas cosas en cuanto a los dividendos extranjeros me animo a aportarlo aquí despues de ver en un apartado de la declaración como es la forma correcta, o bueno, medio "adivinarlo".
Vamos con un ejemplo:
Dividendo extranjero de 1000€ brutos que nos han retenido en origen del 15%, sin retencion aplicada en destino y en un pais con convenio de doble imposición y 2000€ en uno de España que nos han retenido 19%. Vamos a la casilla 0029:
Metemos como orden 1 (dividendo extranjero):
- Ingresos integros: 1000€ (importe bruto antes de retencion en origen)
- Retenciones: 0€ (se refiere a retenciones en destino.
- Gastos de administracion y deposito 0€ (si los hubiera pues se ponen)
Metemos como orden 2 (dividendo extranjero):
- Ingresos integros: 2000€ (importe bruto antes de retención)
- Retenciones: 380€ (se refiere a retenciones en destino 19% x 2000€ = 380€)
- Gastos de administracion y deposito 0€ (si los hubiera pues se ponen)
Despues vamos a la casilla 588:
En el punto 1 pulsamos sobre el lapiz de Rentas incluidas en la base del ahorro:
Metemos en Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario el importe NETO DESPUES DE LA RETENCIÓN EN ORIGEN, y en la casilla de importe satisfecho en el extranjero los impuestos en origen (con tope el maximo que fije el convenio de doble imposición, si es 15% pero nos han retenido un 30% solo podemos poner un 15%, el resto debemos reclamarlo al pais de origen).
En este caso rellenariamos la casilla de rendimientos netos reducidos con 1000-150 = 850€ y en impuestos satisfechos 150€.
Y ya estaría, lo de adivinar que es así es porque al abrir la casilla 588 hay un boton de consulta
Al darle aparece la siguiente imagen:
En la fila verde señalada en verde nos sale el tipo aplicable, en el caso del ejemplo nos saldrá 19% y en la fila señalada en rojo nos sale la deducción de la base liquidable del ahorro, es decir:
La base imponible del ahorro del dividendo extranjero eran 1000€ brutos, por los que tendríamos que pagar 190€, pero como ya hemos pagado 150€ en origen lo que hace la deducción es quitarnos parte de la base imponible de esos 1000€ para que al aplicarle a la cantidad que resulte tras la deducción el tipo de gravamen del 19% nos salga a pagar los 40€ restantes; es decir:
[1000€ (Base imponible del dividendo bruto en origen) - X (Deducción)] * 0,19% (tipo de gravamen) = 40€ (cantidad restante hasta el 19%)
En este caso la deducción que nos aparecería de la base imponible sería 789,48€ en la fila roja; con lo que la base imponible de 1000€ se reduciría en 789,48€ quedando 210,50€ que si a estos 210,50€ le aplicamos el impuesto de 19% nos salen los 40€ que nos faltaban por pagar.
Si en lugar de haber rellenado la casilla 588 en la parte de "Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario" con el neto después de la retención en origen, lo hubiéramos hecho con el bruto veremos que la base imponible a reducir no sería coherente (esto es porque en realidad no hace el calculo con el impuesto pagado que hayamos puesto nosotros, sino que solo utiliza la casilla de rendimientos netos reducidos y supone una retencion del 15% en origen que es la que hay en todos (creo) los casos.
Sin embargo a la hora de calcular la deducción el programa hace caso a los que genere menos deducción entre la reducción de la base imponible teniendo en cuenta el 15% de retención en origen como comentaba antes con el valor que hemos introducido como rendimiento neto reducidos y por otro lado el importe de impuestos satisfechos que hayamos rellenado por lo que en principio no habría mucho problema si tenemos los impuestos satisfechos bien, aunque desconozco si esto es así en todos los casos y si además de esto puede generar algun otro problema, mayor riesgo de comprobaciones.... , pero que como veo que hay mucha diversidad de opiniones una vez visto quería compartirlo con vosotros.
Un saludo.