buenas tardes las costas impuesta por juzgado de juicio juicio se pueden meter en declaracion? gracias
#2
Re: Gastos de juicio
Según la normativa fiscal vigente, los gastos derivados de un proceso judicial, como las costas procesales, pueden ser considerados deducibles si están directamente relacionados con la obtención o mantenimiento de los rendimientos del trabajo o actividades económicas.
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Re: Gastos de juicio
Si el deudor ha sido la AEAT, los intereses que se cobran para mí mal denominado "ingresos indebidos" ya que es una COMPENSACION y no es un enriquecimiento, *HAY QUE DECLARARLO* = (SENTENCIA 24/2023, DE 12 DE ENERO DE 2023 RECURSO DE CASACIÓN Núm: 2059/2020) Y DE HECHO EN LOS DATOS FISCALES DEL CONTRIBUYENTE, APARECE ESA CUANTÍA .
no queda claro si eres el beneficiario de esas costas (has ganado el juicio y se las han impuesto a la parte contraria) o lo has perdido y las tienes que pagar. Si es lo primero, solo habría que declarar como ganancia patrimonial lo que exceda de lo que has pagado a tu abogado y procurador, caso raro ya que normalmente esas costas se las quedan directamente estos profesionales. Si es lo segundo, puedes considerar ese dinero pagado como una pérdida patrimonial en la base general. https://www.larraurimarti.com/es/condena-en-costas-judiciales-y-deduccion-en-el-iva-e-irpf
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Re: Gastos de juicio
perdi el juicio y me condenaron en costa me he dado cuenta que lo tenia que haber declarado en el 2022 pues fue en el 21 muchas gracias