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Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

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Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera
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Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera
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Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Voy a empezar a trabajar como desarrollador trasladando mi domicilio  a España (al menos de forma temporal) para una empresa extranjera basada en Suecia/Europa (https://career.proxify.io/). Dicha empresa proporciona "contractors" para otras empresas de cualquier parte del mundo. Los pagos del "salario" se realizan al final de cada mes por dicha empresa por las horas trabajadas (a través de la plataforma Deel | https://www.deel.com/). Las condiciones es que el trabajo es 100% remoto y se puede realizar desde cualquier lugar del mundo.

Dicha empresa contrata a los desarrolladores con un estatus que llaman "contractor" y definen como:
"Un contratista trabaja como freelance, pero sólo con un cliente constante. Trabajan con horarios, proyectos y empresas internacionales predefinidos, pero no disfrutan de las ventajas del empleo tradicional, como prestaciones sanitarias y de jubilación. [...] Los contratistas freelance pueden disfrutar de la noción de que otra persona le asigna tareas y sólo tiene que rendir cuentas a un único equipo. [...] Trabajar como contratista también significa que te encargas de tus propios impuestos y contabilidad. [...] "

Tengo claro que el IRPF lo debería pagar en España (si cumplo 183 días), pero no tengo ni idea cuál sería mi estatus como trabajador. Como indico, el trabajo se puede realizar desde cualquier lugar del mundo, y es para empresas que están a su vez en cualquier lugar del mundo. Tras 3 citas con la seguridad social no saben aclararmelo: me han dicho que podría ser autonomo y tener que hacer facturas a la empresa sueca (y perder 21%!??!!); posteriormente me indicaron que si fuese autónomo realmente para España sería un "falso autónomo" por ser un único pagador; y finalmente que podría únicamente darme de alta como trabajador autónomo de forma voluntaria para poder tener prestaciones de seguridad social y mi suelo declararlo como ingreso de trabajo y paga IRPF ; me comentaron algo de una nueva ley para nómadas pero no sabían decirme el detalle y que "me contactarían"...

No entiendo porque una situación que en 2023 es muy habitual entre nómadas digitales no me lo sabe responder lo servicios del estado de España... me sabrían ayudar en este foro?

#2

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

El "nómada digital" es un procedimiento específico para adquirir el permiso de residencia.
Al parecer, tú no necesitas permiso de residencia para estar en España, así que no te es de aplicación.
https://prie.comercio.gob.es/es-es/Paginas/Teletrabajadores-caracter-internacional.aspx

Tu estatus fiscal y laboral sería peculiar.
Solo por la fiscalidad, pudieras estar encuadrado en rendimientos del trabajo, ya que "casi" lo es.
Pero por la parte laboral, debieras estar encuadrado en autónomo, ya que tu empresa contratadora ni te da de alta en su país de origen, ni tampoco en tu país de residencia. Y como debes estar de alta en algún sistema de seguridad social.....
En el caso de España, serías autónomo por ausencia de "empleador español", sería una especie de auto-contratación.
(Nota: No serías un falso autónomo, sino un TRADE no registrado, por inexistencia de españolidad de la empresa contratante)

Eso arrastra a que habiendo RETA, quizás hacienda no acepte lo de rendimientos del trabajo, y exija que lo declares (y tramites) como actividad económica.

Por tanto, con Seguridad Social no hay nada más que hacer, ya que:
a.- Es preceptivo que estés afiliado y cubierto por "algún" sistema de seguridad social
b.- En ausencia de empleador que te contrate, en origen o en destino, eres tú el auto-responsable de afiliarte y eso en España es el RETA.

El asunto dudoso lo tienes en todo caso con hacienda, con la calificación fiscal de esos ingresos (rendimientos del trabajo o de actividades económicas), y por consiguiente, con el tipo de trámites que debes realizar.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Efectivamente me interesaría estar encuadrado en RETA pues me indicaron que se puede hacer de forma voluntaria para poder estar cubierto por la Seguridad Social. Tengo doble nacionalidad, una de ellas europea y por tanto no tengo problemas de libre circulación y trabajo.

Entiendo por tanto que debería acudir a Hacienda para poder resolver esta duda.

Como nota, la empresa realiza los pagos en bruto, justamente por ese concepto que tienen de "contractor" y que el trabajador puede realizarlos desde cualquier pais del mundo.

En cuanto a la cuestión de falso autónomo me indicaron que sería por emitir facturas del mismo importe todos los meses y siempre a la misma empresa.

La cuestión del IRPF sí que la tengo clara.

Lo siento pero me resulta complicado buscar estos temas traduciendo desde otro idioma, pues muchos son conceptos técnicos que ni en mi idioma había usado nunca por no ser aplicables.
#5

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Un contratista trabaja como freelance, pero sólo con un cliente constante

Es la misma explotacion que le hacen a los que hacen delivery (Glovo, Rappi), tienes empleados pero con abogados creativos, no les das derechos laborales.

En realidad no eres freelance, freelance es "free", libre para tomar cualquier trabajo o rechazarlo, si no, lo eres es dependiente. Pero claro todo queda a interpretacion creativa de las leyes, por parte de los abogados de tu empleador, de Hacienda, etc.

Mejor vive 179 dias en España y el resto en Andorra, jeje




#6

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

El asunto dudoso lo tienes en todo caso con hacienda, con la calificación fiscal de esos ingresos (rendimientos del trabajo o de actividades económicas), y por consiguiente, con el tipo de trámites que debes realizar.
@cachilipox lamentablemente tras la cita que acordé para hoy en Agencia de Tributos y varias llamadas posterios no han sabido responder. Finalmente me indicaron que consulte con un abogado laboral o un asesor fiscal. Ante duda de cómo obtener un justificante oficial que valide mi estatus me han dicho que no existe tal documento... así que si posteriormente según su criterio (no sé de quién pues no supieron responderme a cuál era mi situación) no es valida mi declaración de impuestos y me reclamasen, deberé reunir documentación de forma privada para poder defenderlo.

Es la misma explotacion que le hacen a los que hacen delivery (Glovo, Rappi), tienes empleados pero con abogados creativos, no les das derechos laborales.
@joper35 eer contrator es muy habitual para empresas de U.S. y U.K. pues permite la contratación de trabajadores que viven en el extranjero y que sería imposible contratar bajo sus politicas de inmigración (visa, sponsorship, ...), entiendo que son situaciones diferentes a los delivery. Mi planteamiento es conocer cómo trabajar de forma legal desde España en esta situación.
Mejor vive 179 dias en España y el resto en Andorra, jeje
Me gusta España y quiero vivir aquí, por eso trasladé mi residencia.
#7

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Perdon, desconozco todos los regimenes laborales de aya.

Lo simple es lo que dice Hacienda, buscar un asesor fiscal pero si le da la gana a Hacienda, esta dira que el asesor  declaro mal tambien, porque esta como en un limbo dejado a interpretacion.

No se si en España exista una especie de consulta con respuesta vinculante para tu particular caso como tenemos en Peru. Conseguir esa respuesta vinculante es lo unico que te dara certeza y evitar posibles cobros o demandas posteriores de Hacienda. Supongo los asesores fiscales saben como conseguirla.
#8

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Lo del 21% no fué respondido

Entonces abonarías 21% más lo que corresponda a tu escala de IRPF?
Estamos hablando de ~70% en impuestos si te responden que deberías registrarte como autónomo?

También puedes consultar sobre la ley Beckham pero yo tengo las siguientes dudas que nadie sabe responder:

1) Del llegar a España en Octubre 2023 con el visado,  corresponde que abone todo 2023 de IRPF o solo los meses restantes del año?

2) Ley Beckham: dicen que es muy sificil de obtener y que hace falta demostrar en España el pago de los impuestos en el pais de residencia fiscal

2.1) Es cierto que luego de la modificación en 2023 quienes tienen este visado y son empleados por cuenta propia pueden solicitarla? 
Entiendo que hay que registrarse como autónomo al recibir la visa

2.2) La ley Beckham haría que no te consideren residente fiscal por x cantidad de años
El pago del 24% sobre el sueldo recibido se puede usarse para no pagar el mismo gravamen en el país de residencia fiscal? (Si existe el tratado de doble imposicion entre ambos paises)

Saludos,

#10

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Me he encontrado con este tema al buscar otra cosa, y veo que tiene unos meses de antigüedad.

@francois92 has conseguido resolver las dudas, o aún necesitas ayuda? Yo llevo 7 años de contractor para US desde España, e igual que tú empecé volviendo del extranjero, así que al principios no era residente fiscal en España. En este tiempo me han hecho una inspección de hacienda y estuvo todo ok, así que imagino que lo estoy haciendo bien. 

Fue muuuuuuy complicado obtener las respuestas a las preguntas que planteas. Por teléfono fue imposible. Tuve que ir en persona a hacienda, acompañada de una persona que “hablaba su idioma”, y pasé por todas las mesas, y finalmente por el despacho del director. 

Si aún necesitas ayuda, dinos en qué sigues atascado y te hecho un cable.


#11

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Buenos días,

Estoy con el mismo problema, si me pudieras ayudar como lo hiciste te estaría muy agracedido.

Gracias de antemano
#12

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Con gusto ☺️

Para trabajar desde España para una empresa extranjera como contractor hay que darse de alta como autónomo, en el RETA. 

Todos los meses, envías factura a la empresa extranjera con el importe de tu salario. Como dijo la persona que abrió el hilo, la empresa extranjera te tiene que pagar el sueldo bruto, sin hacerte ningún tipo de retención de impuestos, puesto que los pagarás tú en España.

Cada trimestre, tendrás que hacer el modelo 303 para el IVA y el 130 para el IRPF. A final de año tendrás que hacer también el 390 para el IVA también, y luego por supuesto la renta cuando empiece la campaña.
Si la empresa está en Europa, hay otro modelo adicional que hay que hacer (no recuerdo el número porque no es mi caso), y también tienes que pedir un número fiscal europeo a la hora de darte de alta como autónomo.

Para el tema del IVA, cuando facturamos a extranjero en las facturas no debemos incluir IVA. En el 303 lo que haremos será pedir el IVA que hayamos pagado por los bienes y servicios que hayamos adquirido para el trabajo, y hacienda nos devolverá ese IVA. Por ejemplo, si contratas un coworking, el coworking te cobrará IVA y tú luego ese IVA lo recuperarás al final del año. 
Si la empresa está en Europa, te recomiendo preguntar en hacienda si el IVA sigue sin incluirse en las facturas que hacemos, porque recientemente cambiaron algo al menos con el IVA que pagamos por compras por internet.

Si te pagan en otra divisa, emitirás tus facturas en esa otra divisa y en la contabilidad simplemente aplicas el tipo de cambio del día que emites la factura para tener el total en euros. Luego, cuando te paguen esa factura, calculas qué ingreso has tenido realmente, y haces un apunte de pérdida o ganancia por tipos de cambio. De esta forma, evitas declarar ingresos menores o mayores a los reales.

Por último, si vives ahora en el extranjero, como era el caso de la persona que abrió el hilo, el primer año puede ser “especial”. Si pasas más de 183 días en el país extranjero, eres residente fiscal allí en el año en que haces la mudanza. Esto quiere decir que hasta que empiece el nuevo año, en el censo de autónomos estarás como no residente, no harás el 130 y los ingresos tendrás que declararlos en el país en el que viviste más de 183 días. Si este es tu caso, el día 1 de enero del nuevo año, tienes que actualizar tu censo de autónomos para cambiarlo a residente.  

Creo que no me dejo nada ☺️




#13

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Muchas gracias por tu explicación.
La empresa es americana y me pagará en bruto, pero con un contrato laboral. 
Al ser contrato laboral, será rendimiento del trabajo y no tendría que hacer factura puesto que es nómina pensaba.
Si le emito factura sería rendimiento de actividades económicas y sí tendría que hacer factura no?
O aunque, sea un contrato laboral, como asalariada yo le tengo que emitir una factura.
Muchas gracias de nuevo por tu ayuda.
#14

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Discrepo. No es un contrato laboral, es un contrato mercantil en la que una empresa te contrata la prestación de unos servicios, sin dependencia ni organización de los recursos. Necesitas fijar tu residencia fiscal, en función de donde residas y donde tengas tus intereses económicos y tener una sociedad o un estatus de autónomo en un país donde liquides tu actividad económica. Olvídate del IVA. 
#15

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Muchas gracias a los dos, creo que me está quedando más claro. Otra pregunta, las facturas que le haga a la empresa se hacen con retención?
Me surge ahora mismo esa duda...