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Modelo 650

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Modelo 650
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#1

Modelo 650

Buenas noches, sabéis decirme si se puede obtener una copia del modelo 650, yo vivo en Canarias y se supone que el impuesto de sucesiones se ha pagado en Andalucia.
En la agencia Tributaria Canaria no consta pago alguno y me preguntaba si hay alguna forma online de conseguir copia del impuesto que según el albacea ha abonado.
Espero haberme explicado medianamente bien, gracias de antemano.
#2

Re: Modelo 650

Buenas noches.
No sería más fácil pedir al albacea que te facilite esta copia del mod 650, o es que no quiere facilitarte la ?
En ese caso deberías ponerte en contacto con la  Consejería de Hacienda de la junta de Andalucía, preguntando por el procedimiento específico para obtener dicha copia del mod 650.
#3

Re: Modelo 650

Tengo cita esta semana telefónica con Hacienda de la junta de Andalucía para saber cómo proceder.
El albacea no me facilita ninguna documentación, además de mi creciente desconfianza al haber comunicado el banco que dicho Señor no ha entregado ni un solo documento para que se abra un exp. De testamentaria y así poder recibir dicha transferencia.
Era por orientarme un poco, gracias!
#4

Re: Modelo 650

Perfecto, que tengas suerte y se resuelva satisfactoriamente.
#5

Re: Modelo 650

El albacea si es exactamente eso y nada más, no tiene derecho a gestionar la herencia salvo que así lo autoricen todos los herederos. En el Código Civil se establecen sus funciones que nada tienen que ver con esas gestiones administrativas.
Por tanto, independientemente de que hagas las gestiones con la Junta de Andalucía, te recomiendo comunicar al albacea que si no te facilita copia de toda la documentación, se abstenga de actuar en tu nombre en cualquier gestión.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Modelo 650

 
Esto puede leerse en la web de la Junta de Andalucía, página de Ayuda del Impuesto de Sucesiones: 

·        Modelo 660. autoliquidación de datos comunes a la sucesión. Comprende la relación común de los bienes integrantes del caudal hereditario y la determinación del haber neto a repartir, así como la relación de las personas beneficiarias de la sucesión. 

·        Modelo 650. autoliquidación de la participación individual de cada causahabiente. 

Según te expresas, el modelo 650, que es tu autoliquidación del impuesto por lo que has heredado, lo ha presentado el albacea ante la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía en representación tuya. Por tanto, está obligado a facilitarte un ejemplar. Por otra parte, afirmas que el albacea dice que él ha pagado el impuesto, que en realidad te corresponde pagar a ti. Si el albacea te ha reclamado algún importe a cuenta de la cuota tributaria pagada por el Impuesto de Sucesiones y de sus honorarios o de los gastos en que haya incurrido, y tú no se lo has abonado, mucho me temo que te va a dificultar todo lo que pueda la obtención de documentación hasta que no le pagues o lleguéis a un acuerdo sobre el pago. 

Supongo que, a las malas y en última instancia, puedes denunciarle por mala práctica ante el Colegio de Abogados, o de Gestores, o de Notarios, de su provincia, según cuál sea su profesión (no la dices). Pero antes asegúrate de cuál ha sido tu comportamiento en el asunto. 
#7

Re: Modelo 650

Buenos días, es abogado y fue designado por mi familiar fallecido.
Haber es sencillo y complicado...
No tengo comunicación alguna con la familia y se hizo el cuaderno y aceptación de herencia (que suele ser lo más complicado) bajo ratificación ya que me encuentro en otro lugar, esta firma se realizó el 26 de mayo de este año y mi familiar falleció el junio de 2022, la cuestión es que desde el 26 de mayo hasta ahora no he recibido absolutamente nada y me comunique esta semana con el banco y no ha empezado el expediente de testamentaria por no haber entregado el albacea(Abogado) dicha documentación.
hacienda de la junta de Andalucía me ha dicho ahora mismo que está exento de pago ya que no supera el medio millón de euros por heredero que debe estar los modelos realizados ya pero no h querido este señor mover ficha.

#8

Re: Modelo 650

El fallecido dejo estipulado que todos los gastos, incluidos los de entierro se cobrará del caudal hereditario (no tiene ningún problema en cobrar).
Y mi comportamiento en este asunto desde que falleció esta persona hasta que este señor se puso en contacto conmigo trascurrió 7 meses (enero de este año), se firmó la aceptación de herencia el 26/05/2023 y me he comunicado con el una vez cada diez días y siempre, siempre me dice algo diferente o un poco sin sentido.
La última comunicación que tuve de este señor el 1 de agosto me dijo que ese día o el día siguiente tendría todo listo. 
El 11/08/2023 el banco Santander me explica que no hay ningún documento entregado por lo cual no puede proceder a realizar ninguna transferencia.
#9

Re: Modelo 650

Es correcto el nombramiento de albacea por el fallecido. Es importante saber si le nombró solamente albacea o también contador partidor. Si solamente es albacea, según el C. Civil sus funciones son exactamente éstas (salvo que el testador le encomiende otras):

  1. Disponer y pagar los sufragios y el funeral del testador con arreglo a lo dispuesto por él en el testamento; y, en su defecto, según la costumbre del pueblo.
  2. Satisfacer los legados que consistan en metálico, con el conocimiento y el beneplácito del heredero.
  3. Vigilar sobre la ejecución de todo lo demás ordenado en el testamento, y sostener, siendo justo, su validez en juicio y fuera de él,
  4. Tomar las precauciones necesarias para la conservación y custodia de los bienes, con intervención de los herederos presentes

Como verás, no tiene competencias para gestionar los impuestos ni la testamentaría ni nada más.
Por eso es fundamental saber si es sólo albacea o también contador partidor, en cuyo caso la cosa cambia mucho.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#10

Re: Modelo 650

Nombra albaceas, contadores, partidores de forma sucesiva y con ampliación del plazo de dos años desde que fueran requeridos a los letrados de Granada Don X y Don X, para que lleven a efectos las operaciones particionales en el supuesto que no existiera acuerdo entre sus hijos, con la más amplia facultades, incluidas las de entregar legados, liquidar la herencia y completar la total ejecución de las últimas voluntades contenida en este testamento.
#11

Re: Modelo 650

Exactamente en qué cambia, disculpa mi ignorancia.
#12

Re: Modelo 650

 Es decir, parece ser que el abogado, en calidad de representante tuyo, ha presentado el modelo 650 pero no ha tenido que pagar ningún importe como cuota tributaria porque la cuantía heredada está exenta. Supongo que tu interés por la copia del 650, que es la causa por la que abriste este hilo, no estará tanto en la cuantía de la cuota a ingresar, que será cero, sino en el aspecto meramente formal: quieres tener un comprobante del hecho de la presentación de tu autoliquidación. Te toca esperar a que te lo facilite el abogado. Si te urge, por la causa que sea, pide una copia a la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía, con los datos de que dispones: tu identificación, la del familiar fallecido (el causante de la herencia), los datos de la escritura de aceptación y adjudicación, fecha de presentación del 650 si la sabes, nombre del abogado presentador, etc. 
 
Por otra parte, en tus mensajes 7 y 8, transmites malestar por no haber cobrado todavía el dinero que te corresponde. Desde 26-05-2023, escritura de aceptación y adjudicación de herencia, hasta ahora (menos de tres meses y  verano), yo creo que no ha transcurrido tanto tiempo como para acusar al abogado de pasividad o mala práctica. No son solamente los trámites de tu parte, que parece ser sólo dinero depositado en el Banco de Santander, sino también los del resto de herederos, que habrán sido más prolijos si existen otro tipo de bienes como los inmuebles (inscripción en el Registro de la Propiedad, liquidación ante el Ayuntamiento del IIVTNU o plusvalía municipal), acciones, fondos de inversión, participaciones en negocios, renta fija, otras cuentas bancarias, etc.. Si no te hablas con el resto de herederos para preguntarles cómo va la cosa, y tienes prisa, quizá te interese contratar los servicios de un abogado de confianza en la ciudad de Andalucía de que se trate, para que insista ante el abogado/albacea/gestor, lo que te supondrá el consiguiente gasto. 
#13

Re: Modelo 650

1. Mi malestar viene por su falta de información.
2. Porque él expresamente me dijo el día de la firma que finalizando junio tendría dicha transferencia.
3. Porque cuando he llamado ha sido ambiguo diciendo cosas que ahora entiendo que son mentiras (me explico) mi padre residía en Canarias y dos años antes de fallecer se trasladó ha Andalucía este sujeto por mi "desconocimiento" me toreo, expresándome que el banco le rechazo el primer impuestos de Canarias y que tuvo que presentar el de Andalucía, sabiendo por supuesto que esto no funciona así... Su manera de enredar las cosas y no ser claro.
No he dado problema en ningún caso, únicamente he querido estar informada de lo que va aconteciendo.

#14

Re: Modelo 650

Cambia en algo fundamental y es que el contador partidor tiene como función principal hacer inventario de la herencia y hacer la partición y adjudicación a los herederos. 
Por tanto, el asunto es más complicado. Además, tengo mis dudas en cuanto a que hubiera que declarar en Andalucía y no en Canarias porque legalmente manda el lugar donde más se ha residido en los últimos 5 años. Pero mejor será dejar ese asunto aparte.
Aclarado todo eso, tienes derecho a una copia de toda la documentación, tanto el 650 como cualquier otro documento presentado para el I. de Sucesiones y también tienes derecho a una copia de la escritura de aceptación y partición. No olvides que todos esos gastos los pagas tú proporcionalmente ya que van con cargo a la herencia.
Si el albacea no te facilita copia de todo, aparte de emprender acciones contra él si lo consideras oportuno, puedes conseguir copia en la Junta de Andalucía y puedes pedir copia de la escritura de partición en la notaría donde se hizo. Quizás te convenga conseguir esa copia por tu cuenta y presentarla al banco.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#15

Re: Modelo 650

Por su parte no voy a lograr nada, he hablado con hacienda de la junta y me ha comunicado que puedo solicitar la copia pero puede tardar hasta seis meses.
Visto lo visto y mis circunstancias económicas que no acompañan, me veo atada de pies y manos... Será cuando él quiera, me da muchísima impotencia ya que me ha dejado super tirada, con un peque con discapacidad sin recibir sus terapias y por los tiempos que me había dicho notifique a la casera el que me iba ha ir de la vivienda(básicamente por recomendación del psiquiatra del peque, no puede tener los estimulos de la urbe) está claro que sin el dinero no voy a poder hacerlo y ahora mismo voy agobiada
No se si puedes ayudarme a resolver la última duda, soy perceptora del imv al haber notificado dicho cambio de circunstancias a la s.s ¿me lo quitarán aún sin haber cobrado la herencia?