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Duda herencia

2 respuestas
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#1

Duda herencia

Matrimonio con buena situación económica casado en gananciales, fallece el cónyuge después de 10 años de casados. Es un matrimonio que no tenía hijos, pero si estaban vivos los dos padres y la hermana del marido. ¿Cómo se procedería al reparto de la herencia? ¿Cómo afecta el usufructo en este caso? No sé lo que compone el caudal hereditario ni los bienes que tenía cada uno, sólo que en el registro de la propiedad a fecha de 2023 sale que el cónyuge no tenía bienes inmuebles a su nombre. ¿Se debe a que se ha llevado a cabo la liquidación de gananciales y reparto de la herencia y se han adjudicado los bienes a su nombre? ¿Puede quedarse una herencia y la liquidación de gananciales adyacente sin repartir lo que la compone? 
#2

Re: Duda herencia

Hola,

Lo primero de todo: una vez liquidado el régimen de gananciales -luego hablo más de esto-, los bienes del marido fallecido (esto es, el caudal hereditario) se repartirá según lo que él hubiera indicado en el testamento.

Por lo que parece, creo que el difunto no lo otorgó, rigiéndose entonces la sucesión por las normas supletorias del Código Civil para estos casos (intestados). En ese caso, al fallecer con cónyuge, sin descendientes -de ningún matrimonio anterior ni extramatrimoniales, importante este punto- pero sí con ascendientes, la viuda, en primer lugar, se adjudicará la mitad de los bienes gananciales por derecho propio y, además, heredará el usufructo de la mitad de la herencia (que estará compuesta por la otra mitad de gananciales y los bienes privativos del marido fallecido, si los hay), siendo sus padres por partes iguales herederos de dicho caudal hereditario.

Una vez acaecido el óbito, lo primero es determinar que bienes eran del difunto, que carácter tenía cada uno -privativo o ganancial- y que valor se les otorgará, todo ello habiendo acuerdo entre la viuda y los padres, ya que en caso contrario sería necesario acudir al procedimiento judicial respectivo. El reparto, una vez establecido lo anterior y "el monto económico" que le corresponde legalmente a cada uno derivado de las reglas de la sucesión intestada (expuestas antes), se hará de tal manera que primero se liquide la sociedad de gananciales, adjudicándose el cónyuge bienes para cubrir "su mitad de la masa ganancial" y sobre el caudal hereditario (la otra mitad + los bienes privativos), pues debe volverse a acordar que y bajo que derecho se adjudicará cada uno y si se opta o no por conmutar el usufructo para que todos sean plenos propietarios de los bienes que correspondan.

Esta acción (liquidación y reparto) es imprescriptible -no "caduca" nunca-, por tanto en la actualidad puede hacerse solo la liquidación, o conjuntamente con el reparto de la herencia o dejarse sin hacer y efectuarla en un futuro. En ese caso, los padres herederos del marido -o sus futuros sucesores, si estos fallecen- deberán ponerse de acuerdo con los herederos de la viuda cuando esta fallezca.

Espero haberte aclarado un poco la situación,
Si tienes más dudas plantéalas sin problema.

Un saludo,
#3

Re: Duda herencia

De acuerdo, muchas gracias, me ha ayudado mucho. Sin embargo, todavía tengo dudas.
¿Cómo se puede saber si se ha procedido al reparto de la herencia y a la liquidación de gananciales? Lo único que sé es que en el registro de la propiedad no hay bienes inmuebles inscritos a su nombre a fecha de 2023, y no sé si es porque ya se han repartido o porque no tiene. Como los padres eran mayores no sabemos que hicieron. 
Respecto al usufructo de la cónyuge, ¿se extingue?