Ya lo termine. Gracias Monillo, entré en el enlace que indicas de la vida laboral, aplique los datos en la hoja de calculo que habia subido otro forero, los dias de cotizacion del primer periodo y luego del segundo, luego puse como divisor los dias que dice la Ley 12.775 equivalente a 35 años, aunque mi abuelo ha cotizado 44 años y se jubilo en 2013, he sacado los ajustes con el 100 x 100 el primer periodo y el 25% el segundo y, CLAVADO, al ajuste que le hacen en Agencia Tributaria, que es una cantidad muy considerable, pasa de 8.000 euros y la devolucion de los cuatro años, tambien un monto muy considerable. Temblando estoy aun, no me lo puedo creer hasta que lo vea en su cuenta. En fin es mi caso y me confirma que parece ser la formula que aplican, al menos en mi caso y no creo que tenga formulas para cada caso, entendereis que seria un caos.
Gracias de nuevo