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Dudas sobre la Exención por reinversión en vivienda habitual.

8 respuestas
Dudas sobre la Exención por reinversión en vivienda habitual.
Dudas sobre la Exención por reinversión en vivienda habitual.
#1

Dudas sobre la Exención por reinversión en vivienda habitual.

Buenas tardes,
Soy un mar de dudas...
He vendido mi vivienda habitual este año (2024) y quisiera la Exención por reinversión en vivienda habitual. El caso es que, como tengo 2 años para reinvertir, no sé cuanto tiempo tardaré en comprar.
Mientras tanto, ya sin mi vivienda habitual, ¿Puedo empadronarme en la casa de un amigo hasta que compre? ¿No perderé por ello la  Exención por reinversión en vivienda habitual? 
Me empadronaría en mi nueva vivienda en cuanto la tuviera.
¿Debo avisar a hacienda de que acabo de vender mi casa este año 2024 o ya se pone en la declaración el año que viene?

MUCHISIMAS GRACIAS POR VUESTRA AYUDA!!
#2

Re: Dudas sobre la Exención por reinversión en vivienda habitual.

 ¿Puedo empadronarme en la casa de un amigo hasta que compre? 
Por supuesto. Tienes que empadronarte donde residas realmente, sea de un amigo o no.

 ¿No perderé por ello la  Exención por reinversión en vivienda habitual? 
No, no la perderás si cumples el plazo de los dos años.

 ¿Debo avisar a hacienda de que acabo de vender mi casa este año 2024 o ya se pone en la declaración el año que viene? 
Se incluye en la declaración de 2024 que se presenta en 2025.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Dudas sobre la Exención por reinversión en vivienda habitual.

Muchas gracias 🙏
#4

Re: Dudas sobre la Exención por reinversión en vivienda habitual.

ejemplo

vendi en 1 febrero 2023 una casa
declaro hoy la declaracion en 28 junio 2024 

cuanto tiempo tengo para comprar otra casa?

1 febrero 2025 ( fecha de venta ) o 28 junio 2026 ( fecha de declaracion )?
#5

Re: Dudas sobre la Exención por reinversión en vivienda habitual.

febrero 2025
#6

Re: Dudas sobre la Exención por reinversión en vivienda habitual.

Buenos días
Soy nuevo aquí y no tengo claro si estoy haciendo la pregunta en el sitio correcto.
Actualmente vivo en la comunidad de Madrid donde tengo mi residencia habitual y tengo que trasladarme por temas personales el próximo año a Extremadura donde tengo una segunda vivienda.
Queremos construirnos una casa nueva en extremadura y estamos en la fase inicial del proyecto (compra del terreno, proyecto con el arquitecto, etc..); la idea es tener todo cerrado y listo para que la construcción pueda comenzar a finales 2025-principios de 2026 y estará finalizada en un plazo de 18-24 meses; la compra del terreno la realizaremos con nuestros ahorros; queremos vender nuestra vivienda habitual en madrid y reinvertir la ganancia patrimonial (entiendo sería la diferencia entre el valor de venta y el de compra; o tenemos que reinvertir el 100% de la venta?; ya no tenemos hipoteca) en la construcción de la nueva vivienda; para ellos nos mudaremos a nuestra segunda vivienda que será durante un par de años nuestra vivienda habitual hasta que podamos movernos a la nueva vivienda donde residiríamos finalmente.
Tengo todas las dudas a nivel de plazos para saber cuando debería vender mi vivienda habitual para poder reinvertirlo sin problemas en mi nueva vivienda habitual; tampoco tengo claro si el hecho de estar temporalmente en otra vivienda habitual genera algún tipo de problema en el proceso; entiendo también que los plazos que correspondan tienen en cuenta la fecha en la que estaría empadronado en mi nueva vivienda habitual.
Agradecería mucho cualquier ayuda para entender los plazos que debería cumplir y temas a tener en cuenta.

Muchas Gracias





#7

Re: Dudas sobre la Exención por reinversión en vivienda habitual.

Pongamos, por ejemplo, que te vas a tu segunda residencia a Extremadura el 1 de abril del 25. Pues tendrás que vender la casa de Madrid , como muy tarde, el 31 de marzo de 2027 (da igual el empadronamiento, hay otras maneras de saber si vives o no en un determinado domicilio: gastos de suministros, sede del trabajo de los dos cónyuges, lugar de escolarización de los hijos, centro de salud de Seguridad Social de todos....).
Desde esa fecha de venta, tienes 2 años para reinvertir el precio total de venta (no la ganancia: el valor de transmisión completo; si no reinviertes todo, la exención será parcial): hasta el 30 de marzo del 29. Si, antes de la venta, ya has pagado cosas de la construcción de la casa nueva, pues estupendo: el plazo es de 2 años antes a 2 años después de la venta.
Y, para terminar la construcción (para tener la cédula de habitabilidad, el certificado del arquitecto de fin de obra, y la escritura de obra nueva terminada) tienes 4 años desde el inicio de las obras (ponle, por ejemplo, que dan inicio el 15 de enero del 26; pues la casa debe ser habitable antes del 14 de enero de 2030).
Luego, desde el final de las obras, tienes 12 meses para irte a vivir a esa casa de manera efectiva, y tienes que residir en ella durante 3 años seguidos para consolidar la consideración de vivienda habitual. 
#9

Re: Dudas sobre la Exención por reinversión en vivienda habitual.

Muchas Gracias por la respuesta!!
Si entiendo bien al vender mi casa habitual en ese plazo de 2 años o inferior a nuestro traslado lo que haya pagado por el terreno y avance de la construcción contabilizaría también como reinversión; correcto?; al final todo lo gastado en la nueva vivienda en el plazo de los 2 años anteriores + 2 posteriores contabilizaría como reinvertido; y lo importante entonces es invertir el 100% de la venta de la vivienda habitual.
una última pregunta; vamos a ser autopromotores de la nueva vivienda; afecta esto en algo?

Mil gracias por las aclaraciones y la rapidez en la respuesta!!!
#10

Re: Dudas sobre la Exención por reinversión en vivienda habitual.

Correcto.
Lo de ser autopromotores no afecta en nada; tan sólo asegúrate de guardar todos los justificantes de gastos por si te piden que demuestres el valor real de la construcción.