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Declarar transferencia internacional
El año pasado mi madre ha recibido una transferencia internacional de un familiar suyo de más de 10K, está obligada a declararlo? La transferencia la ha recibido de un familiar, donde mi madre recibe una pensión en ese país, vamos que viene a ser su dinero. El problema es que en lugar de hacerlo en cantidades más pequeñas, se lo hicieron en una única (por no hacerme caso).
Se podría considerar como un préstamo familiar? así consta en el concepto de la transferencia de hecho. La pueden investigar si no lo declara? Y en caso de tener que declararlo, como habría que proceder? Entiendo que estaría obligada de igual forma, lo que no sé es si repercute en algo.
No se ha hecho lo del contrato del préstamo para presentar el modelo 600, la transferencia se hizo el año pasado y no se ha devuelto ese dinero (porq realmente no es un préstamo como tal sino un dinero que ha recibido de su pensión de jubilación en ese país), del banco no le han dicho nada a mi madre al recibir dicha cantidad. Por tanto imagino que, o se declara como donación, o arriesgarse a que no le pidan nada (ha pasado más de un año, por lo que imagino que aún quedan menos de 3 años para que prescriba).
El plazo para presentar el modelo 600 ya pasó puesto que la transferencia se hizo el año pasado y se debe hacer 30 días desde que se realiza, por tanto no sabemos si se puede presentar después de tanto tiempo, además tendría que devolver ese dinero que en realidad es suyo (salvo que lo pueda hacer a otra cuenta de España), por tanto, de nada serviría.
Indicar que el país desde donde se realizó la transferencia no es de la UE.
Si la transferencia se hiciese en transferencias pequeñas, de menos de 3K y en diferentes plazos cada cierto tiempo (p ej: cada 3 meses), el banco no notifica nada a Hacienda salvo que fuese muy frecuentemente.
Otra opción sería, devolver ese dinero a la cuenta de origen, y hacerlo de la otra forma (aunque eso suponga tener que pagar comisiones por transferencias internacionales). De esta manera, se justifica que fue devuelto (aunque no se llegase a hacer lo del contrato y sin presentar el modelo 600).
Asiq si se quiere librar de una posible sanción, la única manera que veo factible sería esa.
Sino tendría que declararla como donación y el plazo termina hoy, porque saldrá a ingresar.
Se podría considerar como un préstamo familiar? así consta en el concepto de la transferencia de hecho. La pueden investigar si no lo declara? Y en caso de tener que declararlo, como habría que proceder? Entiendo que estaría obligada de igual forma, lo que no sé es si repercute en algo.
No se ha hecho lo del contrato del préstamo para presentar el modelo 600, la transferencia se hizo el año pasado y no se ha devuelto ese dinero (porq realmente no es un préstamo como tal sino un dinero que ha recibido de su pensión de jubilación en ese país), del banco no le han dicho nada a mi madre al recibir dicha cantidad. Por tanto imagino que, o se declara como donación, o arriesgarse a que no le pidan nada (ha pasado más de un año, por lo que imagino que aún quedan menos de 3 años para que prescriba).
El plazo para presentar el modelo 600 ya pasó puesto que la transferencia se hizo el año pasado y se debe hacer 30 días desde que se realiza, por tanto no sabemos si se puede presentar después de tanto tiempo, además tendría que devolver ese dinero que en realidad es suyo (salvo que lo pueda hacer a otra cuenta de España), por tanto, de nada serviría.
Indicar que el país desde donde se realizó la transferencia no es de la UE.
Si la transferencia se hiciese en transferencias pequeñas, de menos de 3K y en diferentes plazos cada cierto tiempo (p ej: cada 3 meses), el banco no notifica nada a Hacienda salvo que fuese muy frecuentemente.
Otra opción sería, devolver ese dinero a la cuenta de origen, y hacerlo de la otra forma (aunque eso suponga tener que pagar comisiones por transferencias internacionales). De esta manera, se justifica que fue devuelto (aunque no se llegase a hacer lo del contrato y sin presentar el modelo 600).
Asiq si se quiere librar de una posible sanción, la única manera que veo factible sería esa.
Sino tendría que declararla como donación y el plazo termina hoy, porque saldrá a ingresar.