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Cambio porcentaje comunidad bienes entre familiares sin justificación aparente

4 respuestas
Cambio porcentaje comunidad bienes entre familiares sin justificación aparente
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Cambio porcentaje comunidad bienes entre familiares sin justificación aparente
#1

Cambio porcentaje comunidad bienes entre familiares sin justificación aparente

Hola, en una comunidad de bienes que se constituyó  entre familiares por herencia de un local para alquilarlo donde cada uno tiene en la comunidad de bienes en relación a su porcentaje de propiedad del local que heredó. Uno de los familiares que posee el 25% no quiere figurar en el futuro de los alquileres del local por tener actualmente embargos pendientes con hacienda. Propone que su 25% pase a su hermana en la comunidad pero sin renunciar a la propiedad del bien, solo a efectos de la comunidad de bien.
Para modificar el 036 en Hacienda antes hay que pasar por la oficina liquidadora con un contrato entre los hermanos donde se acuerdan el cambio,, donde uno pasará al 50% y el otro desaparecerá. Es posible hacer esto simplemente con la firma y voluntad de ambos? Como se justifica si no ha habido cambio en la propiedad  o no es necesaria?
Saludos
#2

Re: Cambio porcentaje comunidad bienes entre familiares sin justificación aparente

Yo recomendaría consultar con un abogado penalista. Huele a delito.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Cambio porcentaje comunidad bienes entre familiares sin justificación aparente

Artículo 42.2 de la Ley General Tributaria:

2. También serán responsables solidarios del pago de la deuda tributaria pendiente y, en su caso, del de las sanciones tributarias, incluidos el recargo y el interés de demora del período ejecutivo, cuando procedan, hasta el importe del valor de los bienes o derechos que se hubieran podido embargar o enajenar por la Administración tributaria, las siguientes personas o entidades:

a) Las que sean causantes o colaboren en la ocultación o transmisión de bienes o derechos del obligado al pago con la finalidad de impedir la actuación de la Administración tributaria.

b) Las que, por culpa o negligencia, incumplan las órdenes de embargo.

c) Las que, con conocimiento del embargo, la medida cautelar o la constitución de la garantía, colaboren o consientan en el levantamiento de los bienes o derechos embargados, o de aquellos bienes o derechos sobre los que se hubiera constituido la medida cautelar o la garantía.

d) Las personas o entidades depositarias de los bienes del deudor que, una vez recibida la notificación del embargo, colaboren o consientan en el levantamiento de aquéllos.

#4

Re: Cambio porcentaje comunidad bienes entre familiares sin justificación aparente

Además de lo comentado sobre el más que probable ilícito fiscal, eso solo demoraría un poco la situación y cambiaría el objetivo del embargo, pasando de las rentas del deudor, al % de propiedad indivisa.
Es meter en un jaripollo tremendo a los hermanos. 
Si lo que se pretende es fastidiarlos mucho mucho (resquemores de la herencia....), pues vale.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Cambio porcentaje comunidad bienes entre familiares sin justificación aparente

Sin olvidar el 257 del Código Penal.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.