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Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

14 respuestas
Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52
Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52
#1

Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

necesitaria hacer un recurso  por la denegacion de subsidio de 52 años, a denegacion viene en los fundamentos que no tengo ingun requito para solicitarlo. no lo entiendo puesto que soy mayor de 52, he cotizado 26 años, estoy en demanda de empleo y la renta no estoy obligado hacerlo debido aque llevo 2 años sin ningun ingreso,

#2

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

Creo que te falta tener un contrato de trabajo por cuenta ajena, mínimo de tres meses, inmediatamente anterior a la petición del subsidio. 
#3

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

Te falta lo más importante: la vía de acceso o hecho causante. 
Para solicitar el subsidio con más de 52 años tienes que haber terminado de cobrar el paro o bien, generar la vía a través de un contrato de trabajo que te permita cotizar por desempleo al menos durante 90 días.
#4

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

Lo termine de cobrar  pero hace 2 años
#5

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

Resumamos: mínimo de quince años cotizados; dentro de ese mínimo, seis de cotización a desempleo (RG); desde que agotó la última prestación, ha mantenido su inscripción como demendante de empleo: al cumplir la edad, solicita el subsidio de mayores y se lo deniegan. Si su situación encaja en lo descrito, en mi opinión, cumple los requsitos. La referencia a la presentación de  Declaración IRPF, no consta en ninguna norma que sea requisito a cumplir al solicitar el subsidio. 
Algo no encaja.
Analice todos estos pasos ya que no pueden denegarle el subsidio si cumple lo comentado. 
Si no tenía la edad pero cumplía el resto de requisitos, la inscripción ininterrumpida como demandante de empleo desde agotar el último "paro" es su vía de acceso a partir del día siguiente a cumplir los cincuenta y dos años.
#6

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

Según el sitio web de la Agencia Tributaria: los subsidios por desempleo, como el destinado a mayores de 52 años, se gestionan principalmente a través del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) y no directamente por la Agencia Tributaria. Sin embargo, puedo orientarte en los pasos generales para resolver esta situación. 

El subsidio para mayores de 52 años tiene requisitos específicos, y si te han denegado alegando que no cumples alguno de ellos, puedes presentar un recurso de alzada ante el SEPE para que revisen su decisión. Antes de hacerlo, es importante entender si realmente cumples con todos los requisitos. A continuación, te detallo los criterios principales y posibles razones de denegación: 

Requisitos principales para solicitar el subsidio

 
  1. Tener 52 años o más.
  2. Estar en situación legal de desempleo y ser demandante de empleo inscrito.
  3. Haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, de los cuales 6 deben ser por contingencias de desempleo.
  4. Cumplir con los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación, excepto la edad.
  5. No superar el límite de ingresos (generalmente el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluyendo pagas extras). En 2025, este límite está en 810,75 € mensuales.

Motivos frecuentes de denegación

 
  • Falta de documentación: Por ejemplo, no haber presentado el certificado de rentas o la declaración responsable de ingresos.
  • Ingresos superiores al límite: Aunque no presentes la declaración de la renta, el SEPE revisa automáticamente tus datos fiscales para verificar si superas el límite.
  • Cotizaciones insuficientes o incorrectas: Es posible que el SEPE haya detectado un error en tu historial de cotizaciones.

Qué hacer ahora

 
  1. Revisar la resolución denegatoria: El SEPE debe especificar claramente el motivo del rechazo. Léela detenidamente para entender en qué criterio creen que no cumples.
  2. Recabar documentación adicional: Si consideras que cumples con todos los requisitos, reúne la documentación que lo acredite, como tu historial de cotizaciones (puedes solicitarlo en la Seguridad Social) o una declaración responsable de ingresos.
  3. Presentar un recurso de alzada:

    • Tienes 30 días hábiles desde la notificación de la denegación para interponerlo.
    • Puedes hacerlo en la sede electrónica del SEPE (enlace al trámite), en sus oficinas físicas o en cualquier registro administrativo.
    • Incluye en el recurso un escrito explicando tu desacuerdo, junto con la documentación que respalde tu solicitud.
  4. Consultar a un profesional: Si no logras entender el motivo de la denegación o tienes dudas legales, te recomiendo acudir a un abogado laboralista o a un sindicato para que revisen tu caso.
#7

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

Lo termine de cobrar  pero hace 2 años. gracias
#8

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

Lease el mensaje de Wediehard se lo explica claramente.
Si, cuando terminó el paro e hizo el mes de espera (por entonces había que hacerlo) ya tenía 52 años reclame porque tenía la causa de acceso. Sino, debe haber permanecido apuntado desde ese momento hasta hacer los 52 años, si permaneció apuntado reclame también pues tenía causa de acceso.
#9

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

No existe el recurso de alzada en materia laboral, es un recurso en materia administrativa. 
Se puede reclamar evidentemente, pero es una reclamación previa a la vía judicial.
#10

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

Y desde cuándo tienes los 52 años?
#12

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

alguien sabe si se puede compaginar el subsidio mayor ya concedido si se encuentra trabajo de caracter fijo discontinuo??
#13

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

Según el sitio web de la Agencia Tributaria y el SEPE, el subsidio para mayores de 52 años es compatible con un contrato fijo discontinuo, pero con ciertas condiciones. 

  1. Suspensión del subsidio durante el trabajo: Si el trabajador fijo discontinuo está en activo, el subsidio se suspende mientras dure el contrato. Al finalizar el periodo de actividad, se puede reanudar el subsidio sin necesidad de solicitarlo de nuevo, siempre que se siga cumpliendo con los requisitos.
  2. Compatibilidad con trabajo a tiempo parcial: Si el contrato fijo discontinuo se desarrolla a tiempo parcial, es posible compatibilizarlo con el subsidio. Sin embargo, la cuantía del subsidio se reducirá en proporción a las horas trabajadas.
  3. Cotización y acceso a la jubilación: Las cotizaciones generadas por el trabajo fijo discontinuo se sumarán a las ya acumuladas y pueden mejorar la futura pensión de jubilación.
Para más información, puedes consultar la web del SEPE: https://www.sepe.es o contactar con una oficina del SEPE para recibir asesoramiento personalizado.
#14

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

¿Cuando le reconocieron el subsidio?
En subsidios anteriores al 01/11/2024 se puede compatibilizar si el contrato es a tiempo parcial y no se tienen ingresos superiores a 850,50 euros al mes (sumando el bruto del salario), hay que solicitarlo y le descuentan el % de jornada trabajada, sin limite de tiempo. Fijo discontinuo o no,  no tiene relevancia.
Si el subsidio es posterior al 01/11/2024, la compatibilidad es obligatoria salvo que haya trabajado en esa empresa en el año anterior, tampoco importa si el contrato es de fijo discontinuo o no. Se paga un porcentaje del IPREM que depende del trimestre que este de subsidio y el % del contrato, no se considera renta el importe del salario y máximo se puede cobrar 180 días.
#15

Re: Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52

Gracias por las respuestas