Hay varias posibilidades que explican esa discrepancia de retenciones:
Que tengas un hijo nacido el año 2008, y que el año pasado te lo aplicases por entero;
Que tengas una hipoteca;
Y que la empresa prevea que este año ganes ligerísimamente por encima de 22.000 euros/año.
En las retenciones 2010, para unos emolumentos brutos de unos 17.400, un hijo del año 2008 computado por entero, y una hipoteca, sale una retención del 4 %.
Las mismas circunstancias, imputando un sueldo de 22.001, y contabilizando solo 1/2 hijo, sale ya 12-13 %. Si la empresa ha calculado el 14% (que lo hace con un programa de la AEAT), salvo errores materiales o falta de comunicación de datos por tu parte, parece lo correcto. Han habido cambios legales en lo de las retenciones.
Lo de la no obligación de declarar es solo un mecanismo de simplificación tributaria, no una exención. Se trata de que si tus ingresos son tasados, de un importe moderado, y ya previamente controlados en origen, la AEAT se da ya por servida, aceptando como bueno la pequeña diferencia +/- a tu/su favor.
Si se sobrepasan algunos de los umbrales, entonces hay que pasar por la formalidad de una declaración, en la que puede salir o a favor, o en contra, seguramente en mayor quantía que el error arrastrado en los supuestos de no declaración.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!