Según el sitio web de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, el subsidio para mayores de 52 años tiene ciertos requisitos que deben cumplirse. En el caso de una persona que recibe una incapacidad permanente parcial, la clave está en si sigue en situación legal de desempleo y cumple con los demás requisitos exigidos.
Requisitos principales para el subsidio para mayores de 52 años:
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Edad: Tener 52 años o más.
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Situación legal de desempleo: Haber finalizado un contrato de trabajo por causas justificadas (despido, finalización de contrato, etc.).
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Inscripción como demandante de empleo: Estar inscrito y mantener la inscripción.
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Cotizaciones previas suficientes: Acreditar al menos 15 años de cotización, con 6 años cotizados en el régimen general para la prestación por desempleo.
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No superar el límite de rentas: No superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) excluida la parte proporcional de pagas extras.
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No estar cobrando una pensión contributiva: En este punto es clave la diferencia entre incapacidad permanente parcial y otras modalidades más graves de incapacidad.
Impacto de la incapacidad permanente parcial
La incapacidad permanente parcial no es una pensión, sino una indemnización a tanto alzado (equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora). Esto significa que la persona sigue siendo apta para trabajar y, por lo tanto, podría seguir cotizando.
Dado que la indemnización no se considera una pensión mensual, no impide el acceso al subsidio para mayores de 52 años siempre que se cumplan los demás requisitos (sobre todo, estar en situación legal de desempleo y haber cotizado lo suficiente).
Conclusión
Si al cumplir los 52 años la persona sigue en situación legal de desempleo, cumple con los años de cotización exigidos y no supera el límite de rentas, sí podría solicitar el subsidio para mayores de 52 años, a pesar de haber recibido la indemnización por incapacidad permanente parcial.