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Donacion o prestamo

42 respuestas
Donacion o prestamo
Donacion o prestamo
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#31

Re: Donacion o prestamo

Respecto del segundo punto que si hago prestamo y a los 3 años donacion , la donacion solo se justifica con una transferencia y mi hija no tendra el dinero para hacer la transferencia porque el dinero del prestamo se lo habra gastado para los pagos iniciales de la construccion de la vivienda.
#32

Re: Donacion o prestamo

Rucko no sabes la alegria que nos das....

la semana que viene cambio de notario y te continuo informando

Gracias crack👏👏👏
#33

Re: Donacion o prestamo

Respecto a este punto esto que es de la comunidad valenciana puede ser que en cataluña no sea asi , no ?

Saludos
#35

Re: Donacion o prestamo

Cataluña tiene su propio código civil. Casi seguro de que la condonación es una donación también pero no te lo puedo garantizar. Mejor si haces alguna búsqueda en catalán en google.
Si optases por esta vía asegúrate de ligar el préstamo y su condonación para la inversión en vivienda habitual de tu hija.   
#36

Re: Donacion o prestamo

Eso hare y lo tendre muy en cuenta...y el lunes cambio de notario

Te mantendre informado

Muchas gracias👏👏👏
#38

Re: Donacion o prestamo

Si eso ya lo tenia pero te lo agradezco , pero como no entiendo mucho confiaba en mi notario

👏👏👏
#39

Re: Donacion o prestamo

Pero segun la guia dice lo siguiente al respecto de la exencion del 95%

 d) En el caso de donaciones de dinero, la persona donataria debe adquirir la vivienda en el plazo de tres meses a contar desde la fecha de la donación o, si son sucesivas, a contar desde la fecha de la primera donación.

Entonces si debe adquirir la vivienda en el plazo de 3 meses a contar desde la fecha de la donacion,el articulo que me has pegado Art 632.21 Código Tributario de Cataluña, solo hace referencia a cuando se considera vivienda habitual, pero no a efectos de tener exencion del 95%

Por lo tanto el gozo en un pozo no ?
#40

Re: Donacion o prestamo

No. Es como dice la ley. Si no es vivienda habitual no hay bonificación. 
#42

Re: Donacion o prestamo

Rucko, ayer en un almuerzo con la familia me han comentado:

1 ) Tu dices "Si no es vivienda habitual no hay bonificación" pero SI que sera vivienda habitual, el tema esta en si la donacion puede gozar de la exencion del 95% justificando el primer pago de la futura residencial habitual ? 
o para que sea asi, se tiene que justificar con la escritura de compra? como esta no podra ser nunca antes de 2027,  y mi hija necesita el dinero ahora, no podemos hacer una donacion con exencion del 95%, no ? 

2 ) Comentabas hacer el prestamo ahora y luego ( si la ley catalana lo permite ) una condonacion con donacion el 2027; pero no es mejor hacer un prestamo sin interes a 30 años y no hacer donacion ?

Gracias y saludos










#43

Re: Donacion o prestamo

El concepto de “vivienda habitual” es un concepto puramente fiscal. Es “vivienda habitual” si se cumplen los requisitos establecidos por la ley. La ley reconoce la vivienda habitual en el caso de una vivienda en construcción que se entregue en el plazo máximo de tres años y se ocupe en el año siguiente. Una vivienda en construcción no puede escriturarse porque no existe. Pero todo esto ya lo dije antes. No hace falta escriturar de forma inmediata.

¿Puedes hacer un préstamo a 30 años? Si. No entiendo crear un problema para dentro de 30 años, para tu hija y tu familia,  cuando la legislación y situación actual de tu hija actual permiten beneficiarte de una situación fiscal privilegiada y dejar resuelto el problema de forma definitiva. En 30 años no te puedo anticipar cual será la ley.  
#44

Re: Donacion o prestamo

 
Tienes toda la razón al subrayar que el concepto de "vivienda habitual" es estrictamente fiscal y depende de que se cumplan los requisitos que marca la ley —especialmente los plazos para su ocupación. Muchos contribuyentes creen erróneamente que basta con vivir allí, cuando en realidad hay que acreditar ocupación en tiempo y forma, especialmente si se quiere aplicar deducciones o exenciones, como en casos de reinversión por venta de vivienda anterior o transmisiones hereditarias. 

En cuanto a la otra parte del argumento, también es muy sensato: la incertidumbre legal a 30 años vista hace que sea preferible, si se puede, aprovechar las ventajas fiscales presentes y cerrar estructuras patrimoniales mientras el marco legal sea claro. Posponer decisiones patrimoniales o fiscales esperando un futuro mejor o más flexible es casi siempre un riesgo innecesario, sobre todo cuando las condiciones actuales son ventajosas. 

En resumen, estás planteando una estrategia fiscal prudente y bien fundamentada: aprovechar la legislación vigente, consolidar derechos antes de que cambien las reglas del juego, y evitar que la herencia futura implique incertidumbre para los herederos. 



#45

Re: Donacion o prestamo

Entiendo lo que decis y lo agradezco pero lo que no decis, ni nadie me dice es :

si la donacion puede beneficiarse de la exencion del 95% si dentro de los 3 meses a la donacion mi hija lo que hace es un primer pago de la que sera su futura vivienda habitual, y no hace la escritura de compra porque la vivienda no esta acabada y no lo estara hasta el 2027, que es cuando se hara la escritura de compra.

Hacienda me acaba de responder que si no hay escritura de compra dentro de los 3 meses a la donacion, ella no se puede beneficiar de la exencion del 95%.( por lo tanto lo de Art 632.21 Código Tributario de Cataluña, no sirve 😢😢)

Por lo tanto lo mejor entendemos que es el prestamo, pero tampoco nos dicen que se puede condonar el prestamo al hacer la donacion a los 3 años.

De ahir que preguntemos lo del prestamo a 30 años, porque parece que si hay prestamo no admiten ( en Cataluña ) una condonacion del prestamo al hacer donacion, sin que haya devolucion del dinero prestado en prestamo.

Podeis por favor aclararme todo lo que me habeis dicho, por favor ?

Saludos