Hay una cosa que no entiendo.... decís algunos que los fondos de inversión no estarían "seguros" porque el Gobierno podría optar por cobrar un impuesto con fecha del valor liquidativo de X dia (el dia que se hiciese el corralito, supongo....)... ¿pero con qué mecanismo legal se puede hacer algo así?? ¿hay precedentes a lo largo de la historia de algo asi??
Porque el "razonamiento" del corralito-corralón lo entiendo, pero si yo tengo un fondo me lo van a liquidar POR LA CARA?? ¿donde estaría el límite a tamaño expolio?? Porque si te pueden liquidar fondos, con el mismo razonamiento te pueden liquidar acciones (ya sean de Repsol o Coca-Cola), no?? Y ya puestos, te pueden vender el chalet de verano también al precio que consideren oportuno. Digo yo.
No sé, es que me parece algo impensable que se pueda hacer algo asi.
OTRA COSA distinta es que, como bien decís, si yo tengo un fondo de inversión en el Santander,en una situación de corralito, si lo liquido o hago reembolsos parciales me den pesetas en vez de euros.... incluso entiendo que lo hagan asi aunque mi fondo estuviese referenciado en francos suizos. Porque yo habría elegido liquidez y entonces sí "entiendo" que me lo conviertan a nueva moneda (peseta).
Pero en el caso de que yo quisiera tener el fondo a largo plazo, es decir, no liquidarlo hasta dentro de muchos años, ¿con qué base pueden confiscarmelo¿??
Ahora mismo estoy pensando, tal y como están las cosas, en los ahorros de mis padres. Yo no creo que vaya a haber corralito, pero por si lo hubiese.... me gustaría poder contratarles fondos de inversión (a ser posible con bajo riesgo, claro está) ya que tienen ahi un dinero que no van a necesitar, salvo emergencia, hasta la jubilación.....
¿qué pensáis?