Comunicado Reunión con Fondo de Garantía
Asociación de Afectados de Eurobank del Mediterráneo (ADAEM)
Camino Puente Viejo, s/n. Local 2 B. Zoco de la Poveda
28500 Arganda del Rey. Madrid
Tel.: 608 828 748 - 635 685 721 - 91 378 06 02
E-mail: [email protected]
Madrid, 14 de febrero de 2004
Información de la reunión mantenida entre ADAEM y el FGD (Fondo de Garantía):
El pasado día 12 de febrero de 2004, la Junta Directiva de ADAEM se reunió con D. José Carlos Gómez de la Bárcena, Director de los Servicios Jurídicos del FGD. La reunión que transcurrió en un ambiente distendido, concluyó con la total disposición del FGD a posteriores reuniones, en función de la evolución de los acontecimientos del caso Eurobank.
El Sr. Gómez de la Bárcena, desde su posición institucional, nos comunicó la información existente hasta el momento, entendida como veraz. En su voluntad de colaboración se nos facilita el dictamen completo emitido por la Intervención Judicial.
Nos manifiesta que en la actualidad el activo supera al pasivo en 8,4 Millones de Euros. El activo está compuesto, una parte por 100 Millones de Euros en dinero efectivo, y otra parte por créditos e inmuebles, que se necesita capitalizar (hacer efectivo).
Con esta situación de balance, el FGD estima que el cobro por parte de TODOS los acreedores debe ser al 100% y con intereses legales en el plazo más breve posible. En la reunión con el FGD, no se ha podido precisar una fecha de cobro, debido a los plazos procesales existentes. Además la tendencia judicial es la de conceder plazos amplios, que están contemplados por la ley. No obstante, el propio FGD nos dice que desea rapidez y agilidad, en la misma línea que los afectados.
La posibilidad del levantamiento de la Suspensión de Pagos no parece que vaya a ser aceptada por el Juzgado. Las razones son de tipo procesal, se basan en la no existencia de precedente jurídico. El juez tiene la obligación de atenerse a la ley establecida, máxime cuando existe un activo que supiera al pasivo y dado que hoy en día no existe liquidez suficiente para pagar de inmediato a todos los acreedores.
El FGD y los afectados estamos en la misma posición acreedora. La actuación del FGD está sujeta a su propio reglamento, a la Ley y a la fiscalización del Tribunal de Cuentas, por tanto, no puede renunciar en nuestro favor a colarse en un segundo lugar a la hora de cobrar.
La posible compra de Eurobank por un tercero exigiría el completo pago de la deuda con carácter inmediato, pero esta posibilidad de compra en este momento es muy remota.
La suspensión de pagos, si bien es un derecho del suspenso (empresa que la solicita, en este caso, Eurobank), también es una garantía para los acreedores, puesto que Eurobank está intervenido judicialmente y controlado por tres interventores que están bajo la tutela de la juez y la intervención del Ministerio Fiscal.
Una vez analizado por nuestros asesores jurídicos, el Dictamen emitido por la Intervención Judicial, y contrastado con el Jefe del Gabinete Jurídico del FGD, ADAEM llega a las siguientes conclusiones:
1) Con fecha 12 de febrero de 2004, ADAEM ha conocido la postura del FGD en la suspensión de pagos de Eurobank.
2) ADAEM desestima adherirse a la petición del levantamiento de la suspensión de pagos por los motivos ya expuestos.
3) Dado que somos la única Asociación formada exclusivamente por afectados, que además se ha reunido con el FGD, estamos obligados a lograr la representación necesaria para hacer viable el objetivo de recuperar íntegramente nuestros ahorros.
4) Ante las reiteradas peticiones de información realizadas en el Foro de Rankia (www.rankia.com), ADAEM recuerda que a dicho foro tienen acceso todo tipo de personas, afectadas y no afectadas. Puede suceder que los intereses de las personas no afectadas no sólo no coincidan con los de los afectados, sino que puedan ser intereses contrapuestos.
Por tanto, la responsabilidad de difusión de la información que tiene ADAEM, es con sus asociados, y se realizará mediante reuni